Cupo femenino obligatorio en CABA para Fundaciones, Asociaciones Civiles y algunas S.A.

06/08/2020

Según fue publicado en el Boletín Oficial el día 5 de agosto de 2020, se emitió la Resolución General N° 34/2020 de la Inspección General de Justicia.

Esta normativa aplica para las siguientes entidades:

  • Asociaciones Civiles
  • Fundaciones
  • Sociedades del Estado
  • S.A. que exploten servicios/concesiones públicas; de economía mixta; de capitalización y ahorro

Se estableció que a partir de ahora, los órganos de administración y fiscalización de estas entidades (Directorios, Comisiones Directivas, entre otros), deberán ser integrados como mínimo por un tercio de miembros femeninos.

Asimismo, si la cantidad total de miembros del órgano es par, la integración debe ser 50% miembros masculinos y 50% miembros femeninos.

Por último, se incorporó también la necesidad de describir la política de género aplicada, incluyendo sus objetivos, medidas adoptadas, y los procedimientos aplicados que procuren alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres.

Por Javier Panno, Quality Manager – Auditoria de Auren

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