Prensa. La Corte falló sobre el ajuste por inflación

24/08/2020

la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) volvió a expedirse sobre el ajuste de inflación en el Impuesto a las Ganancias, donde ratificó que no se aplica cuando la declaración del impuesto no arroja saldo a pagar en la causa Eduardo José Feler de principios de mes, y los especialistas en el tema analizaron los efectos del fallo.

El contribuyente había obtenido sentencia favorable por la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán por un reclamo sobre su quebranto del período fiscal 2002 de $ 27.501,05 que con ajuste por inflación ascendería a $ 1.754.934,70, lo que el tribunal entendió que conducía a «resultados confiscatorios» y planteó el precedente de Candy S.A. de 2009, en el que el máximo tribunal falló a favor del demandante.

El tributarista Gabriel Hermida, socio de Auren, opinó que la decisión del máximo tribunal constituye «una interpretación forzada en pos de cercenar o dilatar el cómputo en tiempo y forma de los derechos de los contribuyentes.

«Una vez más aparece la discusión sobre si el ajuste por inflación de los quebrantos en el Impuesto a las Ganancias es un derecho en expectativa o un derecho adquirido», señaló a este medio.

En ese sentido, resaltó que la Corte determinó que deberán buscar la forma de demostrar qué otra eventual causa de agravio constitucional padecen debido a la falta de reconocimiento del ajuste por inflación más allá del precedente que significa el «fallo Candy».

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