Prensa. ¿Cómo obtener la devolución de la retención de Ganancias por compra de dólares? (AN Digital 22.2.2021)

23/02/2021

La AFIP habilitó en la web el procedimiento para recuperar el 35 % en la compra de la variante “ahorro”. También incluye a quienes no estén alcanzados por el canon a los Bienes Personales.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (ANDigital) La AFIP establece desde el 16 de septiembre pasado un recargo para las compras de dólar ahorro y las compras con tarjeta de crédito y débito que sean canceladas en moneda extranjera. Se trata de un nuevo mecanismo de percepción de 35 % a cuenta de los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.

Desde hace unas semanas, en la página web de la AFIP se encuentra habilitado el procedimiento para la devolución del 35 % en la compra de dólar ahorro para las personas que no están alcanzadas por estos tributos.

El doctor Gabriel Hermida, socio del Departamento de Impuestos de Auren Argentina y profesor de Fundamentos de Tributación, Impuestos I e Impuestos II de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad Austral explica cómo debe realizarse este procedimiento y cuánto tiempo se debe esperar para que la devolución se haga efectiva.

“La norma hace que se den tres situaciones: personas que no están alcanzadas por ninguno de los dos impuestos; personas alcanzadas sólo por alguno de ellos, y personas que están alcanzadas por ambos tributos”, contextualiza el profesional.

Acto seguido, detalla que “para aquellos que realicen compras con moneda extranjera y se vean obligados a pagar el 35 %, pese a no ser contribuyentes del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto a los Bienes Personales, la AFIP dispuso un mecanismo para que puedan solicitar la devolución del gravamen percibido. El momento de pedir la devolución fue una vez finalizado el año calendario en el cual se efectuó la percepción, o sea, enero del 2021”.

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