Prensa. Nueva moratoria: quiénes podrán regularizar sus deudas y qué pasará con Ganancias y Bienes Personales (Infobae 12/7/2020)

13/07/2020

El proyecto amplía el universo de contribuyentes, pero hace un corte en las obligaciones vencidas hasta junio. Deja afuera a los impuestos más importantes para individuos. Qué dicen los tributaristas.

El Gobierno presentó al Congreso el proyecto de Ley de Moratoria de deudas impositivas y previsionales para personas y empresas, que propone un plan de pagos para la cancelación de los incumplimientos acumulados como consecuencia de la crisis económica por la pandemia de coronavirus.

Esta ley modifica el Plan de Facilidades de Pagos vigente -en el marco de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva- y si bien amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse y los plazos, quedan afuera los dos impuestos más importantes para las personas: Bienes Personales y Ganancias, ambos con vencimiento en julio.

Durante la cuarentena, muchas empresas tuvieron que optar entre cumplir con salarios, gastos o impuestos. Para los que postergaron el pago de impuestos, la moratoria aparece como una opción de alivio. Pero, ¿qué pasará con las deudas que se sigan generando a partir de julio? Una extensión debe hacerse por ley. “El Poder Ejecutivo puede disponer un plan de pagos, pero eso siempre es más caro”, aseguró Gabriel Hermida, Socio de Impuestos de Auren Argentina.

“No es una moratoria convencional. Se da en el medio de una condición sin precedentes como una pandemia. Tendría que ser de otro nivel”, agregó Hermida. Y también consideró como un error la aplicación de la tasa de interés Badlar a partir de febrero del año que viene, cuando aun no se sabe si se comenzará una recuperación, y las restricciones para las empresas que entren en la moratoria. “¿Cómo hacen para vivir los accionistas de las empresas? Hay muchos de empresas grandes, pequeñas y chicas que viven de los dividendos”, se preguntó.

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