Con la Reforma Laboral – Ley 2466 de 2025, el contrato de aprendizaje ahora se considera un contrato laboral especial, con más beneficios y garantías para el aprendiz. Este incluye en etapa práctica, salario, auxilio de transporte, dotación, aportes a seguridad social, prestaciones sociales (cesantías, intereses, prima) y vacaciones.

A continuación, se resumen los cambios en salario y aportes a seguridad social según la etapa del contrato:

ETAPASALARIOAPORTES
Etapa Lectiva75% de 1 SMLMVSalud y ARL asumidos 100% por la empresa
Etapa Práctica100% de 1 SMLMVSalud, ARL, pensión, caja de compensación familiar y demás derechos propios de un contrato de trabajo.

Desde el 1 de agosto de 2025, las empresas deberán implementar los cambios en las planillas de seguridad social, según se trate de etapa práctica o lectiva.

La duración máxima del contrato será hasta por tres años y se mantiene la cuota de monetización de 1,5 SMLMV por cada aprendiz no contratado. Se reconoce como experiencia laboral y otorga derecho de asociación sindical. Los aprendices en etapa práctica también cuentan en la cuota de empleo para personas con discapacidad y pueden participar en el COPASST y el comité de convivencia laboral.

Importante: los empleadores podrán descontar al aprendiz el 8% correspondiente a sus aportes de salud y pensión. Los contratos vigentes al 25 de junio de 2025 aplicarán la reforma solo en lo que se cause desde esa fecha; los firmados posteriormente, se regirán en su totalidad por la nueva ley.