Factura electrónica

¿Cómo funcionará la factura electrónica cómo título valor?

27/08/2020

Mediante el Decreto 1154 del 20 de agosto de 2020 se reglamentó la circulación electrónica de la factura electrónica de venta como título valor.

Como contexto, la ley 2010 de 2019 continuó con el propósito de masificar la factura electrónica, determinando que para efectos tributarios dichas facturas serán validadas por la DIAN previo a su expedición. La misma ley estableció además que la plataforma de factura electrónica de la DIAN incluirá el registro de las facturas electrónicas consideradas como título valor que circulen en el territorio nacional, permitiendo su consulta y trazabilidad, para lo cual se utilizará el registro denominado (RADIAN) que administra la DIAN.

Así, el Decreto 1154 desarrolla la factura electrónica de venta como título valor y la define como un título valor en mensaje de datos, expedido por el facturador electrónico, que evidencia una transacción de compraventa de bienes o prestación de servicios, entregada y aceptada por el adquirente, cumpliendo los requisitos del Código de Comercio y del Estatuto Tributario. Para que sea título valor, la factura electrónica debe ser registrada en el RADIAN.

El Decreto establece que la factura electrónica como título valor circulará mediante el endoso electrónico, entendido como el mensaje de datos que hace parte integral de la factura, mediante el cual el tenedor transfiere electrónicamente los derechos contenidos en ella.

La reglamentación tiende a facilitar la utilización del factoring frente a estas facturas a través de sistemas de negociación electrónica.

Para cobrar estas facturas, el Decreto comentado dispone que la DIAN certificará a las autoridades o tenedores, la existencia de la factura electrónica de venta como título valor y su trazabilidad, y además ordena a la DIAN establecer en el sistema informático electrónico, los requisitos técnicos y tecnológicos para obtener en forma electrónica, la factura electrónica de venta como título valor, para hacer exigible su pago.

La DIAN, además del rol de consulta, le otorgará el rol de registro a usuarios que, entre otros requisitos, estén certificados con la norma técnica de normalización NTC-ISO/IEC 27001 sobre seguridad de la información, para lo cual tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2021. Además de los sujetos determinados por la DIAN, participan e interactúan con el RADIAN en el rol de consulta y registro, los proveedores tecnológicos, los sistemas de negociación electrónica y las autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales,

Finalmente, llama la atención que una vez la factura electrónica de venta como título valor sea aceptada, el Decreto impida efectuar inscripciones de notas débito o notas crédito asociadas a ella.

Fuente

Decreto 1154 del 20 de agosto de 2020
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