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Contador público que retenga documentos que no le pertenece, puede ser objeto de investigación disciplinaria

28/10/2020

El pasado 14 de octubre el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), al resolver una consulta, señaló que no resulta procedente que un contador público retenga documentos que no son de su propiedad, toda vez que ello podría dar origen a la apertura de investigaciones disciplinarias, de conformidad con lo establecido en la Resolución 604 del 2020, por medio de la cual se adoptó el procedimiento interno de los procesos disciplinarios de la Unidad Administrativa Especial – Junta Central de Contadores.

Así mismo, recordó la entidad que el contador público se encuentra supeditado tanto a la normativa en mención, como a las disposiciones que se hayan establecido en su contrato de vinculación.

Por último, invita el Consejo a los usuarios que contratan los servicios de los contadores públicos, a estructurar el procedimiento de control establecido, con miras a que se cuenten con mecanismos adecuados de conservación, resguardo y devolución de los libros y documentos soportes.

Fuente

Concepto 500 del 14 de octubre de 2020 – Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
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