Actividades Económicas

DIAN adopta nueva clasificación de actividades económicas

13/01/2021

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales por medio de la Unidad Administrativa Especial, expidió la Resolución 114, adoptó la Clasificación de Actividades Económicas CIIU del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y estableció otras clasificaciones propias de su competencia.

La mencionada resolución establece que, entre otras medidas, los obligados a cumplir obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias cuya codificación de la actividad económica que desarrollan cambia con ocasión de la misma deberán actualizarla en el RUT, a más tardar el día 31 de enero del 2021. En las declaraciones y sus correcciones se deberá informar el código de la actividad económica vigente en el periodo al cual corresponde la declaración.

Sumado a lo anterior, cuando un contribuyente o responsable desarrolle dos o más actividades económicas, la actividad económica principal será aquella que le genere el mayor valor de ingresos. Así mismo, las personas naturales, personas jurídicas y asimiladas a unas y otras que inicien actividades o las modifiquen con posterioridad a la entrada en vigencia de la nueva clasificación deberán inscribir o actualizar el RUT, indicando la actividad o actividades económicas que vayan a desarrollar.

Fuente

Resolución No. 114 del diciembre 21 de 2020 – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

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