DIAN selecciona al grupo de sujetos obligados a facturar electrónicamente
Considerando que la ley de financiamiento (1943 de 2018) introdujo algunas modificaciones en relación con el contenido y características de la factura electrónica, la DIAN a través de la Resolución 2 de 2019, designó a un grupo de sujetos obligados a facturar electrónicamente:
- Grandes contribuyentes designados con dicha calidad al 6 de febrero de 2018. Estas personas corresponden a las mismas designadas en la anterior Resolución 10 de 2018 de la DIAN;
- Quienes entre el 3 de enero de 2013 y 3 de enero de 2019 hayan solicitado rangos de numeración para la factura electrónica del Decreto 1929 de 2007. Estas personas corresponden a las mismas designadas en la anterior Resolución 72 de 2017 de la DIAN;
- Quienes de manera voluntaria hayan optado ser facturadores electrónicos, máximo hasta el 18 de enero de 2019, y que a tal fecha hayan asociado en el Servicio Informático de Factura Electrónica de la DIAN, el software a través del cual se cumplirá con la obligación formal de facturar y cuenten con la autorización del proveedor tecnológico de dicha asociación en el referido sistema.
A la fecha, únicamente los sujetos anteriormente señalados están en la obligación de expedir factura electrónica, la cual se emitirá bajo las características de la anterior legislación y hasta tanto entre en vigencia la factura electrónica con validación previa establecida en la referida ley 1943.
Fuente: DIAN, Resolución 2 del 3 de enero de 2019