DIAN señala que facturación electrónica será gradual en 2019

27/11/2018

El vigente parágrafo transitorio 2 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario, establece que los contribuyentes obligados a declarar y pagar el IVA y el impuesto al consumo, deberán expedir factura electrónica a partir del primero de enero de 2019, sin ningún condicionamiento adicional al respecto. Esta norma facultó a la DIAN para que durante 2017 y 2018 pudiera seleccionar contribuyentes obligados a expedir la factura electrónica. En ejercicio de tal facultad, la DIAN expidió las resoluciones 72 de 2017 y 10 de 2018, esta última seleccionó a los grandes contribuyentes.

 

Si bien al primero de diciembre de 2018, los grandes contribuyentes deberán estar facturando electrónicamente en la fase actual, la DIAN recientemente determinó que las empresas de este grupo que tengan dificultades técnicas o comerciales justificadas, podrán normalizar su ingreso máximo hasta el primero de enero de 2019.

 

La DIAN resaltó que las personas y empresas que no pertenezcan al grupo de grandes contribuyentes, deberán empezar a facturar electrónicamente en la segunda fase del proyecto y de forma progresiva a partir del 2019, dependiendo de su actividad económica, para lo cual la DIAN establecerá un cronograma.

 

En la fase actual de implementación del proyecto, la factura electrónica es verificada por la DIAN de manera posterior a su generación, por lo cual señaló la DIAN que una de las mejoras implementadas será que, en la segunda fase, la validación será previa, en tiempo real y realizada exclusivamente por parte de la administración tributaria.

 

Destacó la DIAN que los grandes contribuyentes y demás obligados que ya fueron seleccionados para facturar electrónicamente, así como aquellos que voluntariamente iniciaron su facturación electrónica con el sistema actual de verificación posterior, contarán con un periodo de transición razonable para migrar a la segunda fase, que incluye el módulo de validación previa.

  Al respecto, es importante anotar que el proyecto de reforma tributaria (ley de financiamiento) contempla una medida para que durante el 2019 no haya sanción para quienes estando obligados a facturar electrónicamente, no la usen. Para ello, el proyecto exige dos condiciones: (i) Expedir factura por los métodos tradicionales diferentes al electrónico; y (ii) Demostrar que la razón por la cual no emitieron facturación electrónica obedece a impedimento tecnológico o por razones de inconveniencia comercial justificada. De igual forma, el último proyecto de Decreto sobre facturación que se encuentra en la página de la DIAN, contempla una implementación gradual en el transcurso del 2019, debiendo la DIAN expedir mediante resolución el cronograma de implementación, señalando fases, fechas y grupos, para los sujetos obligados.

Fuente: DIAN, Comunicado de prensa del 22 de noviembre de 2018

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