factura electrónica

¿Cómo quedó la obligación de expedir factura electrónica luego de la inexequibilidad de la ley 1943 y la expedición de la ley 2010?

19/02/2020

Considerando que son diversas las normas sobre facturación electrónica con validación previa, y que algunas de ellas fueron expedidas al amparo de la ley 1943 de 2018, la cual estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2019, según la inexequibilidad declarada por la Corte Constitucional, recientemente la DIAN expidió un concepto en el cual plasmó su criterio frente a este asunto:

  • En primer lugar, destacó la DIAN que las normas sobre facturación electrónica con validación previa expedidas con fundamento en la ley 1943 de 2018, perdieron su vigencia al 31 de diciembre de 2019 por el fenómeno jurídico del decaimiento. Dentro de ellas, se encuentra la Resolución 64 de 2019 que establecía el calendario de implementación.
  • La factura electrónica de venta con validación previa sigue siendo soporte de las ventas y/o prestación de servicios, así como de costos, deducciones e impuestos descontables, pues la ley 2010 de 2019 así lo estableció; la DIAN establecerá mediante nueva resolución el calendario y los sujetos obligados a facturar que deben implementar la factura electrónica con validación previa durante el año 2020.
  • Producto de la inexequibilidad de la ley 1943 de 2018,  la DIAN advierte que los sujetos que a 31 de diciembre de 2019 se encontraban habilitados, de conformidad con el calendario de la Resolución 64 de 2019, seguirán expidiendo las facturas electrónicas de venta con validación previa, o los demás sistemas de facturación vigentes.
  • Por su parte, los sujetos que tenían la obligación de implementar facturación electrónica de venta, conforme al calendario de la Resolución 64 de 2019, y no lo hubieren efectuado, así como los sujetos que según la misma resolución debían implementar la factura electrónica a partir del primero de enero de 2020, deberán realizar la implementación en las fechas que establezca la DIAN en la nueva resolución. Entre tanto, cumplirán con la obligación de facturar con los sistemas de facturación vigentes.

Fuente

DIAN, concepto 129 del 5 de febrero de 2020
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