estados financieros

Fecha de autorización de estados financieros sería distinta a la fecha de aprobación de estos.

28/04/2021

El pasado 20 de abril, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública emitió el Concepto 2020-0359, por medio del cual resolvió inquietudes sobre los estados financieros de los años 2018, 2019 y 2020 que no gozan de aprobación de la Asamblea General de Accionistas. Dentro del concepto emitido, se señala que la falta de emisión de los Estados Financieros al cierre de cada ejercicio será un incumplimiento de las responsabilidades en cabeza de los administradores y de otros encargados de la entidad, incluso el máximo órgano social.

En caso de que existan estados financieros autorizados pero estos no han sido aprobados, esto deberá manifestarse al momento de manifestar los cambios realizados al estado financiero inicialmente autorizado, pero no aprobado.

Puntualmente, el concepto indica que “la fecha de autorización  de los estados financieros de propósito general, normalmente ocurre cuando la Gerencia o Consejo Directivo (u órgano de administración equivalente) los apruebe para que estos se emitan, y en señal de lo anterior se suscribe la certificación, por lo que en caso de existir Junta Directiva u órgano equivalente en la entidad, se recomienda que la fecha de la certificación de los estados financieros, corresponda al mismo día en la cual se autorizan los estados financieros por parte de la misma”.

Fuente

Concepto 2020-0359 de 20 de abril de 2021 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública
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