Descuentos del salario

¿Puede el empleado revocar la autorización para que le descuenten de su salario el pago de una libranza?

19/02/2020

La libranza es un mecanismo que permite a los empleados adquirir bienes y servicios financiados por entidades operadoras, cuyo pago se hará con cargo a su salario, para lo cual el empleado autoriza de manera irrevocable al empleador a descontar de nómina los valores que correspondan. Por tanto, el empleador queda encargado de deducir del salario y girar dichos valores a la entidad operadora.

Recientemente fue consultada la Superintendencia de Sociedades sobre la posibilidad de que el empleado revoque la autorización de descuentos del salario otorgada al empleador, para ofrecer otro medio de pago de los bienes y servicios adquiridos de la entidad operadora, ante lo cual la Superintendencia respondió de manera negativa.

La Superintendencia adujo que el deudor que escogió la libranza como medio de pago, no puede revocar la autorización conferida a su empleador para que efectúe los descuentos de nómina, y en su lugar, ofrecer otro medio de pago diferente al acordado.

Señaló la entidad que en todo caso, lo anterior no excluye la opción que tiene el beneficiario de la libranza para pagar la obligación por otro medio, incluso obteniendo una nueva libranza, caso en el cual el empleador efectuará los descuentos y los pagos correspondientes al nuevo operador.

Fuente


Superintendencia de Sociedades, Concepto 220-14183 del 31 de enero de 2020
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