Actualización oportuna del Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB y debida diligencia

Actualización oportuna del Registro Único de Beneficiarios Finales y debida diligencia

28/08/2023

El registro inicial de beneficiarios finales fue presentado en la DIAN por todos los obligados el pasado 31 de julio de 2023, sin embargo, la obligación de informar a los beneficiarios finales no se agotó en dicho plazo, pues la Resolución No. 000164 de 2021 de la DIAN estableció que los obligados deberán actualizar permanentemente dicha información.

Así las cosas, si al primer (1°) día de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año hubo modificaciones respecto de la información suministrada en el Registro Único de Beneficiarios Finales – RUB, como por ejemplo la inscripción de un nuevo beneficiario final, la eliminación de un beneficiario final ya reportado o el cambio en la información personal de cada beneficiario, se deberá proceder con la actualización dentro del mes siguiente contado a partir del primer (1°) día de los meses de enero, abril, julio y octubre.

Fuente: Resolución No. 000164 de 2021

  • Servicios

  • Sectores