plazos y obligaciones tributarias para el año 2021

Se expide Decreto de plazos y obligaciones tributarias para el año 2021

23/12/2020

El pasado 17 de diciembre de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió el decreto 1680, “Por el cual se reglamentan los artículos 260-5, 260-9, 292-2, 298, 298-1, 298-2, 298-8, 356-3, 364-5, 378, 381, 512-1, 512-6, 555-2, 579, 579-2, 580, 588, 591, 592, 595, 596, 599, 600, 602, 603, 605, 606, 607, 800, 803, 811, 876, 877, 910 y 915 del Estatuto Tributario, artículo 170 de la Ley 1607 de 2012, artículos 221, 222 y parágrafo 7 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, se modifica el epígrafe y se sustituyen unos artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.

Por medio del mencionado decreto, el Ministerio de Hacienda señaló los lugares y plazos para presentar las declaraciones tributarias y pagar los impuestos nacionales en el 2021.

Según el calendario tributario, el periodo para que los grandes contribuyentes presenten la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y cancelen el valor de la primera cuota iniciará el 9 y finalizará el 22 de febrero del 2021; el pago de la segunda cuota va desde el 12 y hasta el 23 de abril. También se definen las fechas para la declaración anual de activos en el exterior.

En cuanto a la declaración de renta de las personas naturales, teniendo en cuenta que estas pagan en una sola cuota el impuesto sobre la renta y complementarios, las fechas límite de pago dependen de los dos últimos dígitos del número de identificación tributaria; dichas fechas van desde el día 10 de agosto de 2021 (con los dígitos 01 y 02) y finalizando el día 20 de octubre del mismo año (con los dígitos 99 y 00).

Fuente

Decreto 1680 del 17 de diciembre 2020 – Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
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