La Superintendencia Financiera mediante Resolución No. 1259 del 29 de octubre de 2021 certificó el Interés Bancario Corriente para el mes de noviembre para la modalidad de crédito de consumo y ordinario que regirá para el periodo comprendido entre el 1 y el 30 de noviembre de este año.
Esta atribución es conferida a esta Superintendencia por medio del artículo 884 del Código de Comercio, que establece que “se probará el interés bancario corriente con certificado expedido por la Superintendencia Bancaria”, y en concordancia con los artículos 11.2.1.4.15 y 11.2.5.1.1 siguientes del Decreto 2555 de 2010.
Al respecto, la entidad resolvió certificar en un 17.27% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Esta nueva cifra supone un aumento de 19 puntos básicos (0.19%) en relación con la cifra certificada para el mes de octubre que fue de (17,08%)
Por lo cual, la tasa de usura, siguiendo las reglas establecidas en el artículo 884 del Código de Comercio para el límite de intereses y sanción por exceso, queda en los siguientes montos:
Blog: Auren Colombia
FuenteSuperintendencia Financiera, Resolución No. 1259 del 29 de octubre de 2021.
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