UGPP expidió presunción de costos para determinar aportes

05/03/2020

Por medio de la Resolución 209 del 12 de febrero de 2020, la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), adoptó el esquema de presunción de costos para efectos de determinar los aportes a cargo de las siguientes personas:

  • Trabajadores independientes por cuenta propia, y
  • Trabajadores independientes con contratos diferentes a prestación de servicios personales, que impliquen subcontratación y/o compra de insumos o expensas.

La determinación del ingreso base de cotización de aportes a la seguridad social se hace bajo el siguiente procedimiento: A los ingresos brutos derivados de la actividad económica, sin incluir IVA, se restan los costos, que bajo el esquema de presunción oscilan entre 27,5% y 75,9%, dependiendo de la actividad económica. Al resultado le será aplicable la base mínima de cotización del 40%.

En todo caso, la Resolución advierte que la persona puede establecer costos diferentes a los presuntos, siempre y cuando cuente con soportes que tengan relación causal con su actividad, y que resulten necesarios y proporcionados de acuerdo con el artículo 107 del Estatuto Tributario.

La presunción de costos establecida en la Resolución comentada, será aplicable a las situaciones jurídicas no consolidadas, como a procesos de fiscalización en curso o a trámites pendientes de resolver la revocatoria directa.

Esta presunción no es aplicable para las personas que desarrollen la actividad de transporte público automotor de carga por carretera, a quienes les aplica la Resolución 1400 de 2019.

Destacamos que la Resolución fue expedida con fundamento en el artículo 244 de la Ley 1955 de 2019 (Plan Nacional de Desarrollo), artículo que fue declarado inexequible por la Corte Constitucional a través de la Sentencia C-68 del 19 de febrero de 2020, por desconocer el principio de unidad de materia, ante la falta de vínculo directo e inmediato entre la regulación del ingreso base de cotización de los trabajadores independientes, y los objetivos, metas o estrategias previstos en la Ley del Plan.

Considerando que la Corte aplazó los efectos de la decisión hasta el vencimiento de las dos legislaturas ordinarias siguientes, contadas a partir de la notificación de la Sentencia, la presunción de costos contenida en la Resolución 209 de 2020 se encuentra vigente.

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