Matrícula Mercantil

Vencimiento del plazo para la renovación de la matrícula mercantil.

31/03/2021

El miércoles 31 de marzo se vence el plazo para llevar a cabo la renovación de su Matrícula Mercantil, para así obtener los beneficios que otorga la formalidad empresarial. Al respecto, es importante señalar que, para el año en curso, los últimos días hábiles para la renovación de la matricula son parte de la celebración de Semana Santa, razón por la cual es recomendable anticiparse a la renovación.

El proceso se puede llevar a cabo de manera virtual, así mismo, las cámaras de comercio han dispuesto de otros servicios, como las asesorías a domicilio, visitas a municipios con el programa Cámaras Móvil y con las brigadas para la renovación.

En cuanto a los alivios, las micro, pequeñas y medianas empresas que tengan un previo registro en las cámaras de comercio del país y que hayan renovado la matricula mercantil para el 2020 tienen un descuento del 5% sobre el valor de la tarifa en la renovación. Lo anterior en concordancia con el Decreto 1756 del 2020, aplicará para personas naturales, jurídicas y entidades sin ánimo de lucro, establecimientos de comercio, sucursales y agencias, siempre y cuando la renovación se haga en los tres primeros meses del año (hasta el 31 de marzo).

Los certificados de existencia y representación legal y los de matricula mercantil que hayan sido expedidos por las cámaras de comercio tienen descuento del 5% sobre el valor de las tarifas. Si se llega a cancelar la matricula mercantil o se realiza un cambio en la información del registro publico mercantil, se hará un descuento del 7% sobre el valor de la tarifa. Este descuento aplica también para la inscripción en el Registro Mercantil de los actos, libros y documentos.

Para hacer la renovación:

  1. Se debe actualizar la información de contacto y las actividades asociadas al negocio.
  2. Se debe actualizar la información financiera con corte a 31 de diciembre
  3. Se debe efectuar el pago en el mismo portal a través de PSE o pagos con tarjeta de crédito, o también pueden acudir a sucursales de los bancos o canales dispuestos por cámaras para cumplir con el paso.

Si no se realiza la renovación de la matricula mercantil dentro de los plazos señalados, se podrán imponer sanciones por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. Es menester informar que el 31 de marzo también se vence el plazo para renovar el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro, Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza y el Registro Nacional de Turismo en las cámaras de comercio. El único registro que tiene plazo de renovación hasta el 9 de abril es el Registro Nacional de Proponentes.

Blog: Auren Colombia

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