
EL HONOR DEL HOMBRE DE HOJALATA
“Todos
conocéis la historia del Hombre de Hojalata del cuento de El maravilloso Mago de Oz de L. Frank
Baum. La que vamos a contar tiene que ver con la persecución mediática y social
sufrida por una persona inmersa en un procedimiento penal que provocó su
oxidación personal, carcoma y muerte social. Tras cuatro meses en prisión
preventiva, tres años carcomiéndose sólo a la intemperie durante la tramitación
del procedimiento y, a pesar de recibir la ayuda de Dorothy y del
Espantapájaros (en forma de Sentencia absolutoria), nuestro hombre sigue perdido
en la búsqueda de un corazón que le permita recuperar su vida y su honor”.
El Hombre de hojalata estuvo un año
estático, en la misma posición, oxidándose. El protagonista de nuestra historia
ha estado cuatro meses en una celda de preventivos y tres años rechazado en el
plano personal, en el social y en el laboral por el hecho de haber estado inmerso
en un procedimiento penal publicado en los medios de comunicación cuando
debería haberse preservado su presunción de inocencia.
Parece lógico pensar que, continuando
con el símil, la recepción de una sentencia absolutoria por parte de nuestro
protagonista equivaldría a aplicar aceite en el Hombre de Hojalata para
desentumecer sus articulaciones o incluso, a entregarle un corazón y colocarlo
en su pecho endurecido, ya casi metálico. Pero, de forma cruel e injusta, la
sociedad le sigue maltratando y la Justicia le ha dejado herido de muerte.
Los procedimientos penales se airean
en los medios de comunicación como si esto sirviera para fiscalizar el buen
funcionamiento de la Justica pero muchas veces se publican los nombres y
apellidos de los “investigados”, se airean las peticiones de penas, versiones parciales
y hasta datos a veces erróneos e incompletos. Y todo ello a pesar de que existe
una prohibición legal y expresa de publicar las diligencias de un sumario y la
exigencia de tratar con cautela al procesado. Es decir, no nos paramos a
analizar si estamos vulnerando el derecho a la intimidad del investigado, pero
sí que nos escandalizamos y pedimos multas astronómicas si una empresa no nos
avisa de que usa “cookies” en su web,
¿esto qué quiere decir? ¿está justificado el escarnio de los reos y el de sus
familias incluso después de que sean inocentes?
Existe un Protocolo de Comunicación
entre la Justicia y los medios, que incluye la forma de proceder en relación con
la información que los Juzgados deben y pueden facilitar a los periodistas; ya
que existe -como debe ser- el derecho a la información de toda la sociedad.
Pero ese derecho se ve limitado en pro del cumplimiento del secreto de sumario
que no deja de preservar el derecho de una persona a no ser llamado culpable
antes de serlo. No obstante, siempre esos limites se ven sobrepasados sin
consecuencias para nadie más que para el procesado. Les proponemos un
ejercicio, consulten ahora mismo cualquier sección de Tribunales de cualquier
diario y piensen qué ocurría si fueran Vds. las personas que están en los
procedimientos, ¿con los datos ofrecidos se percatarían sobre su identidad sus
vecinos, compañeros de trabajo y amigos? Seguro que la respuesta es afirmativa.
Piensen ahora si encima la noticia asegura que están Vds. en prisión
preventiva, ¿qué pasaría con su vida aún siendo inocente y posteriormente
absuelto? Mejor ni lo imaginen.
El procedimiento penal y carcoma de
nuestro particular Hombre de Hojalata comenzó con su ingreso en prisión
preventiva, permaneciendo en esa situación cuatro extensos meses con las
consiguientes pesadillas, trastornos psíquicos, despido, divorcio, preguntas y
sospechas al regresar a “su” vida fuera de prisión.
Tras ello, llegan meses y meses de espera,
insomnio y medicación hasta que el Ministerio Fiscal y la acusación particular
piden 12 años de prisión para él. Desgraciadamente, y en contra de lo
establecido por el Protocolo de Comunicación, los abogados de la defensa nos
enteramos a través de los medios de comunicación de tales peticiones (todo un
clásico en este y otros procedimientos mediáticos), pues figuraban en los
titulares de las noticias de prensa antes de que el Juzgado nos hubiera notificado
nuestra correspondiente copia. El Protocolo defiende una entrega simultánea a
las partes y a los medios de comunicación (aprovechamos para decir que también nos
parece una aberración cuando en teoría aún es inocente, ¿no tiene ya bastante
el procesado con su situación jurídica?).
Tras otro par de meses con sucesivos
artículos al respecto en medios de tirada nacional, se celebra el Juicio y
recibimos la Sentencia que condena al Hombre de Hojalata, y el Tribunal nos
hace pensar que cabe la posibilidad de que nuestro protagonista termine por
carcomerse y desintegrado por el viento frío arrecia a los “enemigos de la
sociedad” a pesar de su inocencia. Ante tal noticia, los medios, con más fuerza
que nunca publicaron la Sentencia condenatoria, con alardes de victoria (era en
gran parte labor y victoria suya) y de confianza en la Justicia de nuestro país.
A los pocos minutos, la Sentencia o, mejor dicho, la condena es comentada y
retuiteada hasta la saciedad cuando no había tiempo material ni para haberla
leído.
Contra esa Sentencia interpusimos un
recurso de apelación, llegando el justo fallo en una nueva resolución que
absolvía a nuestro Hombre de Hoja Lata y que le brindaba el corazón que tanto
ansiaba para poder recuperar así su vida y su honor. Es de justicia decir que
el único que rectificó sus publicaciones anteriores fue el Consejo General del
Poder Judicial.
Pero la sociedad no le ha devuelto ni su
corazón, ni su vida, ni tan siquiera ha tenido la intención de utilizar la
aceitera para aliviarle (ya la habían volcado en el suelo de una patada), ni
siquiera después de la absolución, pues el Hombre de Hojalata sigue señalado
bajo el yugo de la sospecha sin trabajo, sin amigos y sin pareja.
La Sentencia definitiva analizó el
supuesto de hecho del Hombre de Hoja Lata bajo unos requisitos establecidos reiteradamente
por nuestro Tribunal Supremo a los que hicimos referencia en nuestro recurso de
apelación y criticó durísimamente la Sentencia que le condenaba en primera
instancia. Se trata de una resolución exhaustiva, minuciosa y que cuida el
detalle y la presunción de inocencia. Pero no parece suficiente para los medios
de comunicación y, por ende, para la sociedad. Nuestro hombre está señalado y
manchado de por vida.
La entrega del corazón al Hombre de
Hoja Lata no ha sido publicada con la intensidad necesaria en los medios. Y las
pocas publicaciones que hubo, además de ser débiles, incluían connotaciones de
derrota, de error judicial, de una victoria para un delincuente y no de una
absolución para un inocente.
De hecho, la noticia ha llegado a redes
sociales como Twitter con esas connotaciones negativas, “¡es injusto!”, “otro
delincuente más en la calle…”, “¡los Tribunales no aplican la Ley!”. Y yo me pregunto:
¿Han leído la Sentencia? ¿Conocen al Hombre de Hoja Lata? ¿Conocen su historia?
¿Son conscientes de lo que ha sufrido? Y aparte de eso, sea como fuere, la Justicia
le ha absuelto, lo que significa que la sociedad debe absolverle también y
permitir que disfrute de su nuevo corazón. Debe terminar un juicio público al
que ha sido sometido durante tres largos años y que nunca debió haber comenzado.
En conclusión, esto es sólo una
llamada a la prudencia, a la necesidad como sociedad de aprender de los
errores, a los Tribunales de no adoptar decisiones de prisión preventiva cuando
casi nadie huye de la justicia y a la prensa para que se dé cuenta del dolor
que irroga su trabajo cuando no respeta un valor constitucional, que todos
querríamos para nosotros, como la presunción de inocencia.
Laura Aran y Mario Blanco, de Auren Abogados y Asesores Fiscales