Reforma Fiscal 2022 – Razón de Negocio y Cuentas Incobrables

14/01/2022

El grupo de expertos de Auren continúa evaluando y estudiando la Reforma Fiscal 2022. En los diferentes Webinars se han expuesto los cambios más destacados de acuerdo con la experiencia y consultas más frecuentes de nuestros clientes. Felipe Ochoa especialista fiscal, Rogelio Espinoza y Miguel Rodríguez especialistas en impuestos, compartieron sus puntos de vista de algunos de los tópicos más relevantes.

Razón de negocio:

La autoridad dictamina que la razón de negocio permite demostrar el beneficio económico de las empresas. Lo esperable es que este sea mayor que el beneficio fiscal.

Con la nueva ley, el SAT por ejercicio de facultades tiene derecho a cuestionar si una operación es razón de negocio o no. La recomendación a las empresas es seguir el procedimiento establecido en el artículo del código fiscal 5-A, para evitar problemas con la autoridad. Si no es tan evidente esta figura fiscal, se debe documentar detallada y ampliamente para comprobar que no es una operación simulada.

A continuación, algunos cambios respecto a actividades que ejecutan las empresas:

  • Créditos respaldados: los intereses se convertirán en dividendos cuando se realice un préstamo entre partes relacionadas sin existir una razón de negocio clara.
  • Restructuraciones corporativas: las empresas que efectúen ventas de acciones durante los 5 años anteriores deben notificar al fisco si se llevó a cabo alguna actividad relevante en estos periodos. Si la empresa autorizó las ventas al costo, y no informó al fisco, tendrá que pagar sus contribuciones considerando valores del mercado.   
  • Fusiones: la nueva ley indica claramente que no se pueden amortizar pérdidas en una fusión si la empresa con la que se fusionan no se dedica a la misma actividad, mismas líneas de negocio.
  • Escisiones: una empresa que se divide en dos debe mantener la misma actividad económica para poder amortizar las pérdidas. Adicionalmente, los capitales de las empresas deben estar divididos proporcionalmente conforme como se lleve a cabo la escisión.
  • Capitalización delgada: Las empresas no pueden tener préstamos mayores a 3 veces el capital contable. Se reforma la ley del ISR creando una opción que permite calcular el capital contable con los saldos de capital de aportación, utilidad fiscal neta, utilidad fiscal reinvertida eliminando pérdidas fiscales. Si no existe una razón de negocio para obtener el préstamo, los intereses no serán deducibles.

Cuentas incobrables

A partir del 1 de enero del 2022, se podrán deducir las cuentas incobrables únicamente al final del proceso de cobro por las vías judiciales, habiendo agotado todas las instancias legales. 

La autoridad justifica el cambio a la ley, debido al abuso de uso de esta figura fiscal y menciona que se debe “profesionalizar” la otorgación de los créditos.

La nueva medida complica el proceso, ya que este tipo de trámites puede llegar a tomar hasta 3 años, debido a todos los pasos burocráticos. Con la modificación, el SAT promueve que los contribuyentes desistan de presentar este tipo de deducciones.


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