DONACIONES ESPECIALES: BENEFICIARIOS

29/11/2023

En la actualidad, el régimen de las denominadas donaciones especiales se encuentra regulado por los artículos 78 a 79 bis del Título 4 TO 1996, así como por los artículos 67 a 70 del Decreto N° 150/007.


Mediante este régimen se dispone que las donaciones que las empresas contribuyentes del IRAE e IP realicen a determinadas entidades gozarán del siguiente beneficio:


• El 70% del total de las sumas entregadas serán canjeables por certificados de crédito de la DGI que se podrán utilizar solamente para el pago de IRAE e IP.


• El 30% restante podrá ser imputado a todos los efectos fiscales como gasto de la empresa.

En el caso de las universidades privadas, los porcentajes anteriores ascienden al 40% y 60% respectivamente.


Las donaciones deberán depositarse en efectivo, en el BROU, en una cuenta única y especial, creada a estos efectos a nombre del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Las entidades beneficiarias deben presentar antes del 30 de noviembre de cada año, en forma previa a la recepción de la donación, un proyecto ante el MEF, donde se establezca el destino en que se utilizarán los fondos donados y el plazo estimado.


El listado de instituciones incluidas en el régimen preferencial es taxativo, según el siguiente detalle:


1) Educación primaria, secundaria y técnico profesional:

A) Los establecimientos públicos de educación primaria, de educación secundaria, de educación técnico-profesional y de formación docente, las Direcciones Generales de Educación Secundaria y Técnico Profesional y el Consejo de Formación en Educación, los servicios que integren la Dirección General de Educación Inicial y Primaria, equipos técnicos universitarios interdisciplinarios, que funcionen en el marco de proyectos dirigidos a mejorar la calidad educativa, previamente estudiados y aprobados por las autoridades pertinentes. La Administración Nacional de Educación Pública informará respecto de la conveniencia y distribución de los proyectos que se financien con las donaciones incluidas en el presente literal.


B) Instituciones privadas cuyo objeto sea la educación primaria, secundaria, técnicoprofesional, debidamente habilitadas, y que atiendan efectivamente a las poblaciones más carenciadas, así como para financiar infraestructura educativa de las instituciones que, con el mismo objeto, previo a solicitar su habilitación, presenten su proyecto educativo a consideración del Ministerio de Educación y Cultura.


2) Educación terciaria e investigación:

A) Universidad de la República y fundaciones instituidas por la misma.
B) Universidad Católica del Uruguay.
C) Universidad de Montevideo.
D) Universidad ORT Uruguay.
E) Universidad de la Empresa.
F) Instituto Universitario CLAEH.
G) Instituto Universitario Francisco de Asís.
H) Sociedad de Amigos de la Educación Popular.
I) Instituto Metodista Universitario Crandon
J) Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable y Fundación de Apoyo al
Instituto Clemente Estable.
K) Fundación Uruguaya para la Investigación de las Enfermedades Raras (FUPIER).
L) Universidad Tecnológica.

3) Salud:

A) Construcción de locales o adquisición de útiles, instrumentos y equipos que tiendan a mejorar los servicios de las entidades con personería jurídica dedicadas a la atención de personas en el campo de la salud mental, que hayan tenido una actividad mínima de cinco años ininterrumpidos a la fecha de recibir la donación.

B) Fundación Teletón Uruguay para la rehabilitación pediátrica.

C) Fundación Peluffo Giguens y Fundación Dr. Pérez Scremini, en aquellos proyectos
acordados con la Dirección del Pereira Rossell. F Hospital
D) Fundación Álvarez – Caldeyro Barcia.
E) Fundación Porsaleu.
F) Hogar Español.
G) Fundación Corazoncitos.
H) Fundación Ronald Me Donalds.
I) Asociación Pro Discapacitados Intelectuales (APRODI).
J) Hogar Amelia Ruano de Schiaffino.
K) Fundación Oportunidad.
L) Fundación Clarita Berenbau.
M) Fundación Canguro.tab
N) Asilo de Ancianos y Huérfanos Israelitas del Uruguay. Ñ) Asociación de Diabéticos
del Uruguay.
O) Fundación Trompo Azul.
P) Fundación Hemovida.
Q) Fundación Jazmín.
R) Fundación Enfermedades Reumáticas Prof. Herrera Ramos.
S) Fundación Honrar la Vida.
T) Fundación San Pedro del Durazno.
U) Asociación de Sordos del Uruguay.
V) Fundación ASTUR.
W) Fundación Tiempo es Cerebro.
X) Asociación Civil por la Reconstrucción de Dolores.
Y) Fundación Douglas Piquinela.
Z) Fundación de Anestesia Pediátrica del Pereira Rossell.
Aa) Asociación Apoyo al Campo Canario del Sur.
Bb) Asociación de Trasplante Hepático.
Ce) El Sarandí Hogar Valdense.
Dd) Comisión de Apoyo Local al Centro Hospitalario Pereira Rossell.
Ee) Fundación Manos de Héroes.
Ff) Asociación para la integración del Adulto Mayor de Cerro Largo.
Gg) Fundación Hilo Rosa.
Hh) Fundación Luis Manuel Calleja,
li) Asociación Civil Mentis.
Jj) Fundación Sentires.

Kk) Fundación Apoyo y Promoción Perros de Asistencia – FUNDAPASS.


El Ministerio de Salud Pública informará respecto de la conveniencia de los proyectos
que se financien con las donaciones a estas instituciones.

4) Apoyo a la niñez y la adolescencia:

A) Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay.
B) Fundación Niños con Alas.
C) Aldeas Infantiles SOS.
D) Centro Educativo Los Pinos.
E) Fundación Salir Adelante.
F) Fundación TZEDAKÁ.
G) Fundación Niños y Niñas del Uruguay.
H) Instituto de Promoción Económico Social del Uruguay (IPRU).
I) Asociación Civil Fe y Alegría del Uruguay.
J) Fundación Pablo de Tarso.
K) Asociación Civil América – Proyecto Cimientos.
L) Fundación Logros.
M) Fundación Celeste.
N) Asociación Civil E-dúcate.
Ñ) Enseña Uruguay.
O) Fundación Forge.
P) Fundación Kolping.
Q) Asociación Red de Alimentos Compartidos (REDALCO).
R) Fundación Banco de Alimentos del Uruguay.
S) Fundación Sophia.
T) Servicio de Ayuda Rural del Uruguay.
U) Fundación Salesianos Don Bosco.
V) Fundación MIR.
W) Fundación Uruguay por una Cultura Solidaria – Solidaria.
X) Desem – Jóvenes Emprendedores.
Y) Asociación Civil Centro Esperanza.
Z) Asociación Civil Emocionarte.
Aa) Centro de Promoción por la Dignidad Humana.
Bb) Asociación Civil Jóvenes Fuertes.
Ce) Federación de Obreros y Empleados de la Bebida.

Dd) Fundación ReachingU.
Ee) Esclavas del Sagrado Corazón de Jesús.
Ff) Asociación Civil El Palomar.
Gg) Asociación Civil Cireneos.
Hh) Asociación Civil Agencia Adventista de Desarrollo y Recursos Asistenciales.
Ii) Uruguay Adelante.
Jj) Fundación Nuestro Camino.
Kk) Fundación Flumaniza Josefina.
Ll) Fundación Centro de Educación Popular.
Mm) Asociación Civil Andares.
Nn) Fundación Impacto Las Higueras.
Ññ) Fundación Piso Digno.
Oo)Asociación Civil Rotary – Distrito 4975.
Pp) Rotary Club de Montevideo.
Qq) Por los Niños Uruguayos.
Rr) Centro Esperanza de Ombúes de Lavalle.
Ss) Huerta Taller Buscando Espacio – Colonia del Sacramento.
Tt) Centro Juvenil y Deportivo Quebracho.
Uu) Centro Educativo Unidos por los Niños.
Vv) Fundación en Red.
Ww) Club Náutico.
Xx) Fundación Retoño Uruguay.
Yy) Fundación Cienarte.
Zz) Obra Social Mandubí.


El Ministerio de Desarrollo Social informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones.

5) Rehabilitación Social:

A) Asociación Civil de Apoyo a la Rehabilitación e Integración Social.
B) Fundación Hogar Nuevos Caminos.
C) Fundación Ave Fénix.
D) Asociación Civil Padre Alberto Hurtado.
E) Fundación Caleidoscopio.
F) Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente.

El Ministerio del Interior o el Ministerio de Desarrollo Social, según corresponda, informarán respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones.

6) Otras instituciones no incluidas en los numerales anteriores.

A) Fundación Gonzalo Rodríguez. La Unidad Nacional de Seguridad Vial informará
respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a
esta institución.
B) Asociación Civil UnTecho para Uruguay. El Ministerio de Vivienda y
Ordenamiento Territorial informará respecto de la conveniencia de losproyectos que
se financien con las donaciones a esta institución.
C) Red de Emprendedores Sénior. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las
donaciones a esta institución.
D) Fundación CeroCallejero. El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las
donaciones a esta institución.
E) Organización de Mujeres Empresarias del Uruguay (OMEU). El Ministerio de
Desarrollo Social informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se
financien con las donaciones a esta institución.
F) Fundación Torres García.
G) Fundación Pablo Atchugarry.
H) Fundación José Gurvich.
I) Fundaciones instituidas por el Ministerio de Educación y Cultura.
El Ministerio de Educación y Cultura informará respecto de la conveniencia de los
proyectos que se financien con las donaciones a estas instituciones.
J) Sistema B. El Ministerio de Ambiente informará respecto de la conveniencia de
los proyectos que se financien con las donaciones a esta institución.
K) Asociación Cristiana de Dirigentes de Empresas. El Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social informará respecto tab de la conveniencia de los proyectos que se
financien con las donaciones a esta institución.
L) Instituciones sin fines de lucro, para costear la reparación o refacción de
inmuebles de su propiedad declarados como patrimonio histórico, sobre proyectos
previamente aprobados por la unidad ejecutora 008 «Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación», del Inciso 11 «Ministerio de Educación y Cultura».
M) Fundación Bonet. El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial informará
respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a
esta institución.

N) Alianza Uruguaya por el Agua. El Ministerio de Ambiente informará respecto de
la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a esta
institución.
O) Instituciones sin fines de lucro de economía circular, cuyo objeto sea la
protección del ambiente, la promoción de modelos de desarrollo sostenible y la
prevención y reducción de los impactos negativos de la generación de residuos, en
todas sus etapas de gestión, para proyectos aprobados por el Ministerio de
Ambiente, Ministerio de Desarrollo Social o Ministerio de Educación y Cultura, según
corresponda.
P) Fundación Mujeres Celestes. La Unidad Ejecutora 011 «Secretaría Nacional del
Deporte» del Inciso 02 «Presidencia de la República», informará respecto de la
conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a esta
institución.
Q) Red de Mujeres Ejecutivas del Uruguay. El Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con
las donaciones a esta institución.
R) Fundación TOTEM XV. La Unidad Ejecutora 011 «Secretaría Nacional del Deporte» del
Inciso 02 «Presidencia de la República», informará respecto de la conveniencia de los proyectos
que se financien con las donaciones a esta institución.


Los proyectos declarados de fomento artístico cultural, de acuerdo con lo establecido por el artículo 239 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 190 de la Ley Nº 18.834, de 4 de noviembre de 2011, se seguirán rigiendo por dicha ley y sus modificativas.


Todas las instituciones que no cuenten con proyectos aprobados y vigentes en un período de dos años consecutivos, así como aquellas que mantengan proyectos vigentes, pero no reciban donaciones por el mismo período, dejarán de integrar la lista precedente. El Poder Ejecutivo dará cuenta de ello a la Asamblea General y se dispondrá el cese de las mismas en la próxima instancia presupuestal o de rendición de cuentas

  • Servicios

  • Sectores