455 – Teletrabajo en Zona Franca

05/12/2023

Recientemente fue publicado en el Diario Oficial la Ley N° 20.212 de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del ejercicio 2022, en donde, entre otras disposiciones, establece modificaciones al Teletrabajo en Zona Franca. 

Recordemos que el Decreto 319/2022 dispuso las condiciones y limitantes para poder implementar esta modalidad de trabajo. Una de las disposiciones más importantes es la exigencia que tienen los Usuarios de Zona Franca en alcanzar como mínimo 1.000 horas mensuales de presencialidad de su personal dependiente. Asimismo, el 90% de los trabajadores beneficiarios deberán alcanzar como mínimo el 60% de su carga horaria mensual, en forma presencial. 

El artículo 214 de la mencionada Ley define que: 

  • El Poder Ejecutivo establecerá las condiciones y límites para la celebración de acuerdos en la modalidad de Teletrabajo, contemplando las excepciones que incluyan la distancia entre el domicilio particular del trabajador y su lugar habitual de trabajo, la cantidad de personal dependiente del usuario o la relevancia de la inversión asociada. 
  • No se podrá condicionar el ejercicio del Teletrabajo a un mínimo de empleados dependientes con que disponen los Usuarios. 

La referida Ley entrara en vigor a partir del 01 de enero de 2024. 

Consideramos que, si bien esta modificación es a primera instancia una buena noticia para los Usuarios con un volumen reducido de personal dependiente, eliminando así la desventaja competitiva que tienen dentro del régimen de Zona Franca respecto al Teletrabajo, se deberá esperar a las condiciones que determine en breve el Poder Ejecutivo.