234 – INCLUSIÓN EN EL RÉGIMEN DE FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

07/08/2015

El pasado 30 de julio, DGI emitió la Resolución 3012/2015 reglamentando la inclusión progresiva de los contribuyentes que aún no ingresaron al régimen de facturación electrónica.

Antecedentes

A partir del Decreto 36/012 se comienza a regular el régimen de facturación electrónica de los sujetos pasivos de impuestos administrados por DGI. Teniendo como fin agilizar la gestión de control y disminuir costos administrativos de la Administración.

La DGI fue notificando a algunos contribuyentes para que ingresaran al régimen (Grandes Contribuyentes, Free Shop y algunas empresas CEDE), siendo hasta ahora opcional para el resto de los contribuyentes.

Inclusión progresiva de contribuyentes

A partir de la reciente Resolución 3012/2015, se establece un plan de inclusión preceptiva y progresiva de los contribuyentes según el nivel de ingresos, de forma de universalizar el régimen de documentación fiscal electrónica. Los sujetos pasivos estarán obligados a postularse según el siguiente cronograma:

  • Si en el cierre de ejercicio económico producido durante el año civil 2015 las ventas superaron 30.000.000 UI, la fecha límite de postulación será al 1/6/2016, en cambio, si superaron 15.000.000 UI, la fecha límite será el 1/12/2016.
  • Si en el cierre de ejercicio económico producido durante el año civil 2016 las ventas superaron 7.000.000 UI, la fecha límite de postulación será al 1/6/2017, en cambio, si superaron 4.000.000 UI, la fecha límite será el 1/12/2017.
  • Si en el cierre de ejercicio económico producido durante el año civil 2017 las ventas superaron 2.500.000 UI, la fecha límite de postulación será al 1/6/2018, en cambio, si superaron 1.500.000 UI, la fecha límite será el 1/12/2018.
  • Si en el cierre de ejercicio económico producido durante el año civil 2018 las ventas superaron 750.000 UI, la fecha límite de postulación será al 1/6/2019, en cambio, si superaron 305.000 UI, la fecha límite será el 1/12/2019.

Los sujetos pasivos cuyas ventas superen las 305.000 UI, en los ejercicios económicos cuyo cierre se produzca a partir del 1/1/2019, dispondrán de 180 días desde el cierre para postularse.

La cotización de la UI a considerar para el cálculo, será la del primer día del año civil en que ocurre el cierre del ejercicio económico considerado.

Proceso de ingreso al régimen de facturación electrónica

El proceso consta de las siguientes etapas:

Testing: Se deberán realizar y cumplir satisfactoriamente pruebas libres de envío de documentos, sobres y reportes.

Postulación: El contribuyente se postula para adquirir la calidad de emisor electrónico. Esta se realiza en el portal de e- Factura, ingresando con usuario y contraseña.

Certificación: Tiene como objetivo la realización de una serie de pruebas específicas que permiten avanzar en el proceso. Las pruebas solicitadas se van completando e informando el grado de avance. Una vez realizadas correctamente todas las pruebas, se acepta la Declaración de Cumplimiento de Requisitos Técnicos.

Resolución: Una vez que el postulante de emisión electrónica haya completado en forma satisfactoria todas las etapas, DGI emite la Resolución y notifica al postulante la autorización para operar como emisor electrónico. Se dispondrán de 4 meses para documentar exclusivamente sus operaciones por medio de comprobantes fiscales electrónicos habilitados.