260 – INSPECCIONES: CUANDO EL MTSS Y BPS NOS VISITAN.

19/02/2016

¿Cómo actuar frente a una inspección?

La visita de los inspectores genera cierto nerviosismo por lo cual es conveniente saber cuáles pueden ser sus requerimientos.

FISCALIZACIÓN DE MTSS

Las inspecciones del MTSS (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social) pueden originarse de las siguientes maneras:

Denuncia

De oficio o zona, se le asignan zonas a los inspectores para que actúen de oficio.

Operativo, se programan en el año por rama de actividad.

El primer paso es solicitarle la identificación al inspector, el MTSS les proporciona un carné que contiene la información básica.

En caso que la empresa cuente con líder sindical se le debe comunicar al mismo la presencia del inspector.

La información usual que se solicita es:

– Planilla de control del trabajo

– Libro de Registro Laboral

– Recibos de pago de haberes

– Recibos de aportes al BPS

– Póliza del Banco de Seguros

Otro punto fundamental del proceso son las entrevistas con el personal.

– El inspector interrogará sobre:

– Fecha de ingreso.

– Categoría.

– Salario.

– Horario de trabajo.

– Condiciones específicas del grupo de actividad.

De todo lo actuado por el inspector se labra un acta, la misma es firmada por el inspector y por el representante de la empresa. En caso de constatar irregularidades, en el acta se intimará a presentar en un plazo determinado la documentación no exhibida o la regularización de la misma. En dicho plazo la empresa podrá regularizar la situación o presentar los descargos que entienda pertinentes.

Una vez que se presenta la documentación o los descargos, el expediente pasa a estudio del inspector actuante y posteriormente a la División Jurídica a efectos de determinar la resolución correspondiente.

La resolución es notificada a la empresa y esta podrá, en caso de corresponder, interponer los recursos de revocación en un plazo máximo de 10 días corridos.

Es importante destacar que los inspectores no disponen ni aplican sanciones, constatan los hechos mediante los cuales se puede configurar la violación de la normativa laboral.

FISCALIZACIÓN DE BPS

Las fiscalizaciones de BPS (Banco de Previsión Social) al igual que las de MTSS, pueden ser originadas por una denuncia o por un operativo del organismo.

Generalmente la fiscalización comprende los siguientes aspectos:-

Control de los sistemas informáticos.

– Relevamiento de personal mediante entrevistas.

– Solicitud de información adicional.

En cuanto a los sistemas informáticos, únicamente podrán copiar la información contenida en los mismos, dejando constancia ,mediante la elaboración de un acta, de la información sustraída.

En las entrevistas con el personal, el objetivo es cotejar la información que se obtiene de la documentación laboral (planilla de trabajo, recibos de sueldo) con la “realidad”.

Adicional al trabajo de campo realizado se le puede solicitar a la empresa información adicional como ser:

– Planilla de trabajo

– Recibos de sueldos

– Recibos de pagos de aportes

– Registros contables

– Facturación

– Contrato social

Para la presentación de la documentación se le determina un plazo a la empresa.

Al igual que en el caso del MTSS, una vez que los inspectores obtengan toda la información solicitada, se realiza el estudio de la misma y luego se comunica el resultado del análisis realizado.

En nuestra opinión encontramos fundamental que en la empresa, no solo por la eventualidad de un proceso inspectivo, se asesore correctamente en materia laboral y aplique en todos sus aspectos la normativa laboral vigente.