274 – IRPF – EVOLUCIÓN DEL IMPUESTO

03/06/2016

Como es de público conocimiento, recientemente el Poder Ejecutivo anunció modificaciones al sistema tributario. Dentro de las modificaciones se plantean ciertos ajustes al Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF), y en particular cambios en la liquidación del impuesto que recae sobre rentas del trabajo.

Desde que el IRPF fue creado por la Ley 18.083 ha sufrido múltiples ajustes, entre otros: se permitió optar por núcleo familiar, aumentó el mínimo no imponible, aumentaron las deducciones, se modificaron los tramos de ingresos y las tasas aplicables tanto para ingresos y deducciones.

Nuevamente nos encontramos ante una propuesta de modificación del impuesto, que implicaría modificar las tasas del impuesto según el siguiente detalle:

Ingreso MensualTasa ActualTasa Propuesta
Menos 7 BPC0%0%
7 a 10 BPC10%10%
10 a 15 BPC15%18%
15 a 50 BPC20%23%
50 a 75 BPC22%26%
75 a 115 BPC25%29%
Más 115 BPC30%34%
Deducción MensualTasa ActualTasa Propuesta
Menos 3 BPC10%8%
3 a 8 BPC15%8%
8 a 43 BPC20%8%
43 a 68 BPC22%8%
68 a 108 BPC25%8%
Más 108 BPC30%8%

Es notorio que los ajustes planteados implican una mayor carga impositiva, dado que se aumentan las tasas de los ingresos y se disminuye las tasas de las deducciones.

En esta oportunidad, creímos conveniente realizar una comparación de la carga impositiva del IRPF en el año 2007, momento de creación del impuesto, con la carga impositiva con las modificaciones propuestas.

Comparamos la incidencia del impuesto en sueldos mensuales como dependiente en el año 2007, con los sueldos equivalentes ajustados por IPC al 2016 y con los cambios propuestos en las escalas del IRPF.

Por simplicidad consideramos que el contribuyente liquida individualmente, no tiene hijos y no descuenta cuotas por préstamo hipotecario. A los efectos de la comparación con el 2007 no se considera en el 2016 el incremento del 6% en el monto imponible, por concepto de aguinaldo, dado que dicho efecto es financiero y no económico.

IngresoAño 2007Año 2016 (2007*IPC)
Sueldo 1$ 15.000$ 29.406
Sueldo 2$ 30.000$ 58.811
Sueldo 3$ 80.000$ 156.831
Sueldo 4$ 120.000$ 235.247
IRPF MensualAño 2007Año 2016
IRPF sueldo 1$ 410$ 141
IRPF sueldo 2$ 2.593$ 5.088
IRPF sueldo 3$ 12.146$ 26.399
IRPF sueldo 4$ 20.722$ 46.196
Tasa EfectivaAño 2007Año 2016
IRPF/Sueldo 12.73%0.479%
IRPF/Sueldo 28.643%8.652%
IRPF/Sueldo 315.183%16.833%
IRPF/Sueldo 417.268%19.635%

Como se desprende de la comparación en relación al 2007 de las tasas efectivas de impuesto, en el sueldo más bajos existe una baja de la carga impositiva y en el tramo siguiente una relativa estabilidad.

Esto se explica por el aumento del mínimo no imponible del año 2008, el cual tuvo un peso relativo mayor en dichos sueldos que el impacto en el incremento de las tasas.

En los dos últimos sueldos del ejemplo se genera un aumento de la carga impositiva, siendo el resultado natural del incremento de las tasas desde el 2007 a la fecha, así como de la reciente propuesta de baja en la tasa de deducciones.

En comparación con el 2007 los contribuyentes de IRPF podrán descontar los pagos de las cuotas hipotecarias, así como obtener un crédito por el pago de arrendamientos de inmuebles. Dos elementos que reducen la brecha del aumento de la carga impositiva en relación al 2007.

Por lo anterior, podemos concluir que en los sueldos medios el cambio propuesto diluye los “beneficios” que se habían otorgado previamente en la liquidación del IRPF.