¿Qué debe saber antes de negociar con un inversor de capital riesgo?

17/09/2019

En artículos anteriores del Blog de Corporate ya hemos tratado sobre el tipo de empresas en las que invierten los Fondos de Capital Riesgo y de la utilidad y las ventajas de contar con ellos en el capital de las compañías. En esta entrega, nos centraremos en descubrir qué cuestiones y aspectos entran a formar parte de las negociaciones y operaciones con este tipo de inversores, para las que se debe estar preparado y tener respuesta.

Las inversiones de capital riesgo constituyen un modelo de transacción en la que, posiblemente, usted tenga que realizar alguna concesión cuando acuda a la mesa de negociación. No obstante, y dado que el objetivo de un Fondo de Capital Riesgo es “crear valor”, deberá preguntarse ¿qué valor tiene mi empresa antes de que entre el inversor que aporta los nuevos fondos? y ¿qué tipo de contraprestación recibiré a cambio de su inversión? A continuación, se relacionan algunos de los aspectos más relevantes que acompañan a estas transacciones.

Valoración de la Compañía

A pesar de que el valor contable de su empresa pueda ser pequeño, el valor de mercado de esta podría ser mayor dependiendo de los resultados, el potencial de ventas y la posición en el sector en el que desarrolla su actividad, los contratos recurrentes, el fondo de comercio, la existencia de patentes, la tecnología, y otros múltiples factores. Siempre resultará más fácil defender el valor asignado a la empresa si cuenta con unas proyecciones soportadas o validadas por un asesor financiero que las haya revisado. Esta fase es muy relevante y una de las más duras de la negociación, ya que será la que determine el valor de las acciones/participaciones en las que vaya a invertir el Fondo de Capital Riesgo y el potencial de su retorno, así como su exposición posterior al valor futuro de la Compañía.

Estructura de los Fondos Propios

Por la inversión que realizan, los Fondos de Capital Riesgo tratarán siempre de minimizar los riesgos asociados a ella. En este sentido, los instrumentos de inversión que más comúnmente solemos encontrar en este tipo de Operaciones son: en el supuesto de sociedades anónimas, (i) acciones ordinarias, (ii) warrants, y (iii) derechos de suscripción preferente o warrants, y (iv) préstamos participativos, entre otros.

Para compartir el mismo nivel de riesgo y retorno, en la medida de lo posible, sería recomendable que la mayor parte de la inversión se realice en acciones ordinarias. Adicionalmente a esta opción existe como instrumento híbrido las obligaciones convertibles en acciones. 

Los warrants, otorgan a su titular el derecho a comprar o vender un activo subyacente (en este caso las acciones de la Compañía). En tiempos de bonanza de la compañía, el ejercicio de estos warrants limitará el valor que a usted le corresponda por su participación en un evento de salida conjunta, como consecuencia de la dilución a la que dará lugar el ejercicio de dichos warrants.

En el caso de los préstamos participativos, en momentos de dificultades financieras, estos tienen una prelación para su devolución frente a las acciones mientras que, si las cosas van bien, su tipo de interés variable, condicionado a la obtención de participar de los beneficios determinados resultados por parte de la compañía, minorará sus beneficios. Por otra parte, este instrumento tiene la ventaja de que no diluye el capital de la compañía.

Estructura Financiera de la Transacción

Es habitual que los inversores de Capital Riesgo quieran financiar parte de la transacción con deuda financiera. De esta manera, estos querrán acordar con usted cuál es el nivel de endeudamiento/apalancamiento óptimo para poder maximizar los retornos obtenidos por ambos en la transacción. En este sentido, usted deberá sentirse confortable y estar alineado con el perfil de riesgo financiero del Fondo.

Cláusula antidilución

Si la compañía empezara a ir mal y se precisara de nuevos fondos, es posible que no tenga más opción que llevar a cabo una emisión de acciones ordinarias más baratas que las emitidas en el pasado. Aunque hay múltiples alternativas, una opción para mitigar la dilución, por ejemplo, consistiría en negociar que se apliquen precios medios ponderados por acción de todos los títulos en circulación después de la emisión de las acciones más baratas.

Acuerdo entre accionistas (SHA)

El acuerdo entre accionistas es un elemento esencial para la convivencia posterior con los Fondos de Capital Riesgo. En este sentido es fundamental que exista un equilibrio en la representación de cada una de las partes y, en el caso de que los fundadores se queden con participaciones minoritarias, es relevante establecer cuáles serán las situaciones y decisiones que requerirán de mayorías reforzadas para su aprobación (por ejemplo, ampliaciones de capital, aprobación de presupuestos, inversiones estratégicas, fusiones con otras compañías, acceso a la información, liquidación de activos, así como intentar articular un mecanismo para la eventual salida de su participación minoritaria.

Limitación en las Responsabilidades y Garantías

Si usted vende el 100% de una compañía a un Fondo de Capital Riesgo o se queda con una participación tras la entrada de este, los requerimientos que le realizarán en cuanto a responsabilidades y garantías serán diferentes. En cualquier caso, siempre existen alternativas para acotar el límite de responsabilidades que usted está dispuesto a asumir tras la eventual transacción. Trate de minimizar siempre esta cuestión y más en el caso en el que usted se quede participando en el Capital de la compañía. Asimismo, también es conveniente negociar un cierto importe de franquicia de manera que para contingencias menores, no relevantes, se eviten reclamaciones posteriores al cierre de la transacción. 

Contrato de trabajo

Cuando un Fondo de Capital Riesgo entra en el capital de una compañía, idealmente querrá que los fundadores o gestores se queden vinculados a ella y participen de la gestión. Por ello es importante que se negocien adecuadamente las condiciones salariales y laborales, bonus, cláusulas de salida (bad leaver / good leaver), cláusula de non compete, non solicitation, etc…

Otros

Otros aspectos con los que habitualmente se encontrará a la hora de evaluar la entrada de un inversor de Capital Riesgo en su Compañía son los siguientes:

    1. Participación de aquél en la gestión financiera o en aquellas áreas donde el Capital Riesgo piense que la compañía debe mejorar. En todo caso, para aquellas decisiones importantes para el control y gestión de la compañía, siempre se cuenta con margen de negociación, aun cuando los fundadores/dueños gestores se queden en una posición minoritaria en el capital.
    2. Cambio de control o venta de las participaciones del Fondo a un tercero que eventualmente pueda ser perjudicial para usted como accionista minoritario. Aquí será muy común que también le soliciten la incorporación de cláusulas de Tag Along (acompañamiento) y Drag Along (arrastre).
    3. Definición del Governance de la compañía que deberá estar adecuadamente recogido en el SHA.

    Amaya Aragón Valor, Socia Auren Corporate

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