
Actualización del RUT antes del 30 del 30 de junio
Según las resoluciones emitidas por el DANE y la DIAN a finales del año 2020 todos los contribuyentes, incluyendo a los pensionados que tengan ingresos de alguna de las actividades que sufrieron cambios o desaparecieron deben realizar la actualización del RUT. Los pensionados deben actualizar el registro y cambiar el código de actividad económica, sin embargo solo deben realizarlo las personas que estén inscritas en el RUT. Debido a la pandemia, la DIAN aclaró que todas las actualizaciones pueden hacerse por medios electrónicos que permiten la realización de trámites y servicios.
En caso de que la actividad que se desempeñe haya sido reclasificada, deben revisarse y determinar si se ajusta a su realidad económica en cuyo caso se debe cambiar el código de la actividad económica actualizando el RUT remplazando la actividad anterior por la nueva. Para verificar si se debe o no actualizar la actividad económica se debe revisar si se presentan algunas de estas situaciones:
- Si en su RUT en las casillas 46, 48, 50 o 161 tiene alguna de las actividades económicas que desaparecen
- Si en su RUT en las casillas 46, 48, 50 o 161 tiene alguna de las actividades económicas que registran cambio de nombre o nota explicativa
- Si en su RUT en las casillas 46, 48, 50 o 161 tiene alguna de las actividades económicas que fueron reclasificadas
Más aún, aquellos pensionados que su realidad económica cumpla con los requisitos para ser declarante de renta o debe estar inscrito en el RUT por alguna razón diferente, debe informar la actividad económica que desempeña.
En caso de ser un pensionado y que su tope de ingresos no supere el monto para hacer la declaración de renta, pero su patrimonio sí lo excede, se toma en consideración la realdad económica y el cumplimiento de requisitos para ser declarante de renta por patrimonio, debe entonces estar inscrito en el RUT ante la DIAN con la actividad económica 0020 Pensionado.
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