Aspectos contables bajo NIIF a tener en cuenta en el contrato de mandato

25/07/2018

En reciente concepto, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública expuso su criterio sobre algunos aspectos relevantes a tener en cuenta dentro del contrato de mandato y el registro contable bajo los marcos normativos vigentes.

Recomienda el Consejo diferenciar si la actuación al interior del contrato se presenta como principal o como agente, siendo características de la primera calidad, que la entidad tenga obligación de proporcionar bienes/servicios al cliente, cumplir con el pedido, haciéndose responsable de su aceptación; la facultad discrecional de establecer precios, así como la asunción del riesgo del crédito otorgado al cliente. Por su parte, para el Consejo será agente quien no está expuesto a los riesgos y ventajas significativas asociadas con la venta de bienes/servicios, siendo su ganancia predeterminada, bien como una comisión fija o con un porcentaje de los valores facturados al cliente.

Teniendo en cuenta lo anterior, señala la entidad, que si el mandante actúa como agente, los ingresos percibidos se reconocerán como un pasivo, bien como ingresos recibidos en contratos de mandato o como ingresos recibidos para terceros, siendo su remuneración un ingreso por comisión o servicios, lo cual debe reflejarse con claridad en el estado de situación financiera.

Al mandante le corresponderá reconocer en sus estados financieros los activos, pasivos, ingresos, costos y gastos asociados con las operaciones desarrolladas en virtud del mandato.

Fuente:

Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 430 del 19 de junio de 2018

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