Corte constitucional

Corte Constitucional declara inconstitucionalidad de la sobretasa a la energía en el país

16/12/2020

La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la norma que incluyó la sobretasa de $4 por kilovatio para estratos 4, 5 y 6 a nivel nacional. Dicha Corporación encontró que el artículo 313 del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 constituía una violación a la prohibición de creación de rentas de destinación específica, en la medida en que no se ajustaba al numeral segundo del artículo 359 de la Constitución.

Al respecto, vale la pena señalar que el dinero recaudado bajo el artículo declarado inconstitucional tenía como propósito ingresar a un Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para que el mismo fuera destinado al pago de obligaciones financieras con entidades como Electricaribe.

En este mismo sentido, la Corte Constitucional fue clara en señalar que, si bien la prestación de servicios públicos es inherente a la finalidad social del Estado, no es menos cierto que tal situación permita la destinación específica de una renta nacional a través del Plan de Desarrollo.

Ahora bien, teniendo en cuenta que la decisión tiene efectos a partir del momento en que fue expedida la sentencia, la sobretasa que haya sido pagada por los hogares estrato 4, 5 y 6 del país no será devuelta ni compensada por parte de las empresas que prestan el servicio público de energía.

Fuente

Corte Constitucional
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