¿Cuál es la tasa de cambio utilizable para registrar la inversión de capitales del exterior en Colombia?

16/12/2019

Al ser consultado el Banco de La República sobre la inversión de capitales del exterior en Colombia y la tasa de cambio que debe usarse para registrar dicha inversión, señaló que la tasa representativa del mercado (TRM) es una tasa de referencia pero no es obligatoriamente aplicable en los contratos.

En primero lugar, sostuvo el Banco que los movimientos de divisas para la inversión de capitales del exterior en Colombia se deben canalizar a través del mercado cambiario, suministrando la información de los datos mínimos de las operaciones al Intermediario del Mercado Cambiario (IMC), o directamente si se tiene una cuenta de compensación. Al respecto, advirtió la entidad que los IMC son las únicas entidades autorizadas en Colombia para adquirir y vender divisas y títulos representativos de las mismas que deban canalizarse a través del mercado cambiario, así como de aquellas que se canalicen voluntariamente.

Frente a la tasa de cambio, adujo el Banco que desde 1991 no existe en Colombia una tasa oficial de cambio, esto es, un precio fijado por alguna autoridad estatal a la cual deban comprarse o venderse obligatoriamente las monedas extranjeras, sino que opera un esquema con libertad cambiaria donde el precio se encuentra determinado por la oferta y la demanda en el mercado de divisas y es libremente acordado por las partes de la transacción.

Finalmente, advirtió la entidad que la TRM es una tasa de referencia de las operaciones de compra y venta de dólares de los Estados Unidos de América a cambio de moneda legal colombiana, que calcula y certifica la Superintendencia Financiera de Colombia. En palabras del banco, no se trata de una tasa de cambio obligatoriamente aplicable en los contratos sino de una información que puede orientar la negociación de divisas.

Fuente: Banco de La República, Concepto JDS-CA-29331 del 13 de noviembre de 2019

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