¿Cuáles aspectos deben tenerse en cuenta para el reembolso de la prima en colocación de acciones?

19/06/2019

Considerando que la prima en colocación de acciones es un aporte, sigue las mismas reglas del capital social para que los socios o accionistas dispongan de ella. Así lo señaló recientemente la Superintendencia de Sociedades.

En tal sentido, señaló la Superintendencia que al reembolso de la prima le aplican las restricciones establecidas en el Código de Comercio, particularmente las referidas a (i) que los asociados no podrán pedir el reembolso total o parcial de sus acciones antes de que, disuelta la sociedad, se haya cancelado su pasivo externo, y (ii) a la autorización de la Superintendencia de Sociedades para disminuir el capital social, cuando la sociedad carece de pasivo externo, o cuando luego de la reducción, los activos representan no menos del doble del pasivo externo, o cuando los acreedores sociales acepten la reducción.

Adicionalmente, sostuvo la entidad que habiéndose capitalizado la prima, el reembolso constituye una reforma estatutaria, y que para tal efecto debe acreditarse la disponibilidad de los recursos a reembolsar.

Fuente:  Superintendencia de Sociedades, Oficio 220-50613 del 24 de mayo de 2019

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