subsidio de la prima de servicios

¿Cuáles son los requisitos para obtener el subsidio de la prima de servicios?

17/06/2020

Mediante el Decreto 770 del 3 de junio de 2020, el Gobierno creó el Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios (PAP), que otorgará al beneficiario un único aporte monetario de naturaleza estatal, con el objeto de apoyar y subsidiar el primer pago de la prima de servicios de 2020.

Los beneficiarios del PAP son las personas naturales, jurídicas, consorcios y uniones temporales que hayan sido constituidos antes del primero de enero de 2020 y que cuenten con una inscripción en el registro mercantil, realizada o renovada por lo menos en el año 2019, y que demuestren la necesidad del aporte estatal, certificando una disminución del 20% o más en sus ingresos.

El apoyo es de $220.000 por cada empleado que devengue desde un salario mínimo mensual legal vigente hasta un millón de pesos. El aporte se hará por el número de empleados reportados en la PILA del periodo de cotización del mes de junio de 2020; aclara el Decreto que esos empleados deberán haber sido trabajadores reportados en la PILA de los periodos de cotización de abril y mayo de 2020.

El beneficiario hará la solicitud ante el banco en el que tenga cuentas bancarias, por canales virtuales, presentando la solicitud firmada por el representante legal en la cual se manifiesta la intención de ser beneficiario del PAP, así como la certificación firmada por representante legal y contador público o revisor fiscal según corresponda, en la que conste la disminución de ingresos y el número de primas de servicios que se subsidiarán a través del aporte estatal.

Por su parte, el mismo Decreto estableció que de común acuerdo entre trabajador y empleador, la prima se podrá pagar hasta en 3 pagos y a más tardar el 20 de diciembre de 2020. Esto también se puede acordar por la empresa que sea beneficiaria del programa PAP.

Fuente

Decreto 770 del 3 de junio de 2020
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