deducción por salarios

Deducción de salarios de los meses de aportes reducidos a pensión

31/03/2021

El pasado 29 de marzo de 2021 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió el Oficio 100208221-0491 sobre la deducción por salarios y pagos a trabajadores independientes correspondientes a los meses de abril y mayo de 2020 y realizados de conformidad con lo establecido previamente en el Decreto Legislativo 558 del 2020.

Respecto al tema, la DIAN considera que en la medida que las cotizaciones al Sistema General de Pensiones se hubiesen hecho en los términos del artículo 3º del Decreto Legislativo 558 de 2020, debe permitírsele a los contribuyentes la deducción de los salarios y pagos a trabajadores independientes de los meses de abril y mayo de 2020.

En este contexto, la interpretación aislada de los artículos 108, 115-1 y 664 del Estatuto Tributario transgrediría el principio de justicia tributaria, en el sentido en que se estaría exigiendo el pago de las cotizaciones que hagan falta al Sistema General de Pensiones correspondientes a los meses de abril y mayo de 2020, toda vez que se afectaría la capacidad contributiva de algunos contribuyentes.

Por otro lado, hasta la fecha el Gobierno Nacional no ha puesto en marcha el mecanismo ordenado por la Corte Constitucional que permita aportar los montos faltantes. Finalmente se aclaró que las deducciones por salarios y pagos a trabajadores independientes que se realizaron en abril y mayo de 2020 deben cumplir con los requisitos contenidos en la norma tributaria para su procedencia.

Fuente

Oficio 100208221-0491 – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
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