Alcaldía Distrital

Alcaldía Distrital estableció exenciones para colegios y jardines sobre impuesto predial

31/03/2021

En el marco de la crisis económica derivada de la pandemia, la Administración Distrital, en conjunto con el Concejo de Bogotá, adoptó una serie de medidas tendientes a la reactivación económica de la capital colombiana.

En este contexto, los inmuebles donde se lleven a cabo actividades escolares, esto es, colegios, jardines infantiles, unidades de servicio del ICBF de propiedad de particulares, gozarán de exenciones y beneficios tributarios. Para tales efectos, estas entidades deben estar reconocidos o registrados ante la Secretaría de Educación del Distrito.

Los requisitos para el acceso a los beneficios tributarios son los siguientes:

  • Los beneficios aplican para inmuebles cuyos propietarios sean los directos prestadores del servicio educativo.
  • En aquellos eventos en que el inmueble tenga usos mixtos, el beneficio aplicará para el total del predio.
  • Encontrarse al día en el pago del impuesto predial de 2020.

Los interesados podrán acceder a esta exención realizando su solicitud a través del sitio web de la Secretaría de Hacienda del Distrito.

Fuente

Alcaldía Distrital de Bogotá.
  • Servicios

  • Sectores