Soportes de costos

DIAN aclara cuáles son los soportes de costos mientras se implementa la facturación electrónica a nivel nacional

06/01/2021

El pasado 23 de octubre de 2020, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, emitió el Concepto No. 1348 de 2020, a través del cual precisa cuáles son los soportes de costos mientras se implementa la facturación electrónica a nivel nacional.

Sobre el particular, vale la pena señalar que los numerales 1, 2, 3, 4 y 5 del artículo 80 de la Resolución 42 de 2020 establecen los documentos que son soportes de costos, gastos e impuestos descontables, en el intervalo en que el sistema de facturación electrónica no sea implementado.

En este sentido, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales indicó que los documentos señalados en los numerales ya mencionados no hacen parte de la limitación de porcentaje máximo a soportarse sin factura electrónica fijado en el numeral transitorio 1 del artículo 616 del Estatuto Tributario, en virtud del cual existe un tope de costos y gastos que pueden soportarse sin factura electrónica definido en 30% para 2020, 20% para 2021 y 10% para 2022.

Finalmente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales precisó que, de acuerdo con el parágrafo 2 del artículo 55 de la Resolución 42 de 2020, la declaración de importación es el documento soporte para la importación de bienes que da prueba de costos, deducciones o impuestos descontables a que haya lugar.

Fuente

Concepto No. 1348 de 23 de octubre de 2020.
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