rentas

DIAN considera procedentes las retenciones en la fuente sobre rentas distintas a las beneficiadas por la economía naranja

25/11/2020

De conformidad con lo previsto en el artículo 235-2 del Estatuto Tributario, las rentas generadas a partir de la firmeza del acto administrativo favorable proferido por el Ministerio de Cultura, y que a su vez provengan del desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y actividades creativas, estarán exentas del impuesto sobre la renta por un término de siete años, por el cual se estableció un incentivo tributario en el impuesto sobre la renta para las empresas de la economía naranja.

En este sentido, las demás rentas se encuentran gravadas con el impuesto sobre la renta a la tarifa vigente del respectivo año gravable, generando que las retenciones en la fuente que se practiquen sobre las mismas sean procedentes.

Teniendo en cuenta lo anterior, la DIAN señaló que no será admisible solicitar su devolución, en los términos del artículo 1.2.4.16 del Decreto 1625 del 2016, por lo que deberán descontarse del impuesto sobre la renta que se liquide para el respectivo año gravable.   

Blog: Auren Colombia

Fuente

Concepto 1222 Rad. 905558 del 05 de Octubre de 2020 – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
  • Servicios

  • Sectores