Estabilidad laboral reforzada

Estabilidad laboral reforzada para hombres cuya pareja se encuentre en etapas de gestación o lactancia

21/10/2020

En Colombia existe una estabilidad laboral reforzada que protege a las mujeres que se encuentren en etapas de gestación o lactancia, en el sentido en que no pueden ser despedidas sin la autorización de un inspector de trabajo perteneciente el Ministerio de Trabajo.

Ahora bien, ¿resulta aplicable esta misma protección en favor de los hombres cuya pareja se encuentre en proceso de gestación o de lactancia?

Sobre el particular, es importante señalar que, si bien el Código Sustantivo del Trabajo no tutela al cónyuge o compañero permanente de la mujer gestante, lo cierto es que recientemente la jurisprudencia ha tomado un papel activo que ha permitido conceder esta protección a los hombres. Ahora bien, esta protección no es absoluta, sino que, por el contrario, se aplica previo el cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Dependencia económica de la mujer gestante o lactante respecto del hombre que pretende ser beneficiario de la estabilidad laboral reforzada; y b) Que se haya informado al empleador no solo el estado de embarazo de la cónyuge o compañera permanente, sino adicionalmente la situación de dependencia económica, la cual, por demás, deberá estar plenamente acreditada.

La misma protección se extiende a los padres y madres adoptantes, en virtud del principio de igualdad.

Fuente

Sentencia C-005/2017 de la Corte Constitucional de 18 de enero de 2017
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