Fijado el plazo para que prestadores de servicios desde el exterior presenten declaraciones del IVA

14/12/2018

Uno de los hechos generadores del impuesto sobre las ventas (IVA) es la prestación de servicios en territorio nacional, o desde el exterior.

 Frente a esta última modalidad, la ley 1819 de 2016 facultó a la DIAN para establecer  mediante resolución, el procedimiento mediante el cual los prestadores de servicios desde el exterior cumplirán con sus obligaciones, entre ellas la de declarar y pagar, en su calidad de responsables cuando los servicios prestados se encuentren gravados con IVA en Colombia, obligación exigible a partir del primero de julio de 2018.

 Considerando lo anterior, fue expedido el Decreto 2179 del 28 de noviembre de 2018, a través del cual se estableció que para los prestadores de servicios desde el exterior, el plazo para declarar y pagar el IVA de los bimestres julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre del año gravable 2018, vencerá el 15 de enero de 2019.

Fuente: Decreto 2179 del 28 de noviembre de 2018

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