obra

La protección de originalidad de una obra no desaparece por contener una relación normativa.

16/06/2021

La Corte Suprema de Justicia ha dicho que la connotación de obra intelectual no desaparece por versar sobre temas normativos ya que en él se reconoce un esfuerzo creativo ligado con la organización y fundamentación de temas en los cuales el autor puede demostrar su punto de vista dándole lo necesario en su originalidad.

Sin embargo, no se debe dejar pasar que el régimen de los derechos de autor incluye ciertas limitaciones que permiten que en circunstancias especificas se pueda hacer uso de textos de terceros sin necesidad de contar con una previa autorización del autor o titular o sin el pago de contraprestaciones siempre que se cumplan con requisitos básicos para el uso de estos textos.

En ocasiones, las personas se suelen equivocar asociando la protección del derecho de autor con la valoración del contenido de a obra. Sobre ello se debe señalar que la protección legal está presente pasando por alto la calidad de la obra o los aportes que puedan encontrarse a la disciplina sobre la que versa el tema de la producción intelectual.

Fuente

Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-8872021 (52344).
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