Facturación electrónica

¿Sistema de facturación electrónica aplicable a pagos de nómina?

27/08/2020

Conforme con el parágrafo 6 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario, el sistema de facturación electrónica es aplicable, además de las operaciones venta de bienes y servicios, a operaciones como el pago de nómina, entre otras.

A su vez, la Resolución 42 de 2020 dispuso que el sistema de facturación electrónica involucra pagos por rentas de trabajo, incluyendo aportes parafiscales, de seguridad social y demás erogaciones relacionados con la nómina.

Con base en lo anterior, en reciente concepto la DIAN manifestó que, para pagos de nómina, la factura electrónica o documento que se establezca será exigible cuando la DIAN efectúe su implementación dentro del sistema de facturación electrónica, de acuerdo con las normas referidas.

Adujo la entidad que entretanto los documentos soporte de costos y gastos para pagos de nómina, seguirán siendo los requeridos por la normatividad vigente, los cuales se someterán al porcentaje máximo a soportarse sin factura electrónica cuando sea implementado el sistema de factura electrónica para pagos por nómina.

Fuente

DIAN, Concepto 904164 del 20 de agosto de 2020
  • Servicios

  • Sectores