interés bancario

Superintendencia financiera certifica el interés bancario corriente para septiembre de este año

15/09/2021

La Superintendencia Financiera, mediante la Resolución 0931 del 30 de agosto de 2021, certificó el Interés Bancario Corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario que regirá para el periodo comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de este año.

Esta atribución es conferida a esta Superintendencia por medio del artículo 884 del Código de Comercio, que establece que “se probará el interés bancario corriente con certificado expedido por la Superintendencia Bancaria”, y en concordancia con los artículos 11.2.1.4.15 y 11.2.5.1.1 y siguientes del Decreto 2555 de 2010.

Al respecto, la entidad resolvió certificar en un 17.19% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

Esta nueva cifra supone una reducción del 0.05% respecto a la cifra certificada anteriormente por la entidad, que se fijó en 17,24%

Por lo anterior, la tasa de usura, siguiendo las reglas establecidas en el artículo 884 del Código de Comercio para el límite de intereses y sanción por exceso, queda en los siguientes montos:

  1. Para créditos “microcréditos” será del 38,14%
  2. Para créditos de consumo de bajo monto será del 32,42%

Fuente

Superintendencia Financiera, Resolución 0931 del 30 de agosto de 2021.
  • Servicios

  • Sectores