No obligados a preparar y enviar documentación comprobatoria.

25/07/2016

En las siguientes situaciones los contribuyentes obligados al régimen de Precios de Transferencia no deberán preparar y enviar documentación comprobatoria por el año gravable 2015:

  1. Cuando la sumatoria de la totalidad de operaciones realizadas con vinculados durante el respectivo año sea inferior al equivalente a 61.000 UVT (COP$1.725.019.000).
  2. Por las operaciones señaladas en el artículo 11 del Decreto 3030 de 2013, cuyo monto anual acumulado no supere el equivalente a 32.000 UVT (COP$904.928.000).
  3. Cuando la suma de la totalidad de las operaciones llevadas a cabo con personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en paraísos fiscales dentro del respectivo año gravable, no supere al equivalente a 10.000 UVT (COP$282.790.000).

Estos contribuyentes deberán conservar los documentos, informaciones y pruebas que respalden las operaciones con sus vinculados, de acuerdo con las normas generales contenidas en el Estatuto Tributario.