Lo anterior ha sido dado a conocer por el SAT a través de comunicado de prensa fechado el 4 de enero de 2024
Desde el 1 de enero hasta el 1 de abril de 2024, las personas morales tienen la oportunidad de presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2023.
Con el propósito de simplificar y agilizar este proceso, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha implementado una serie de actualizaciones y mejoras significativas. Entre ellas, se destacan las siguientes:
Es esencial que los contribuyentes posean una firma electrónica (e.firma) y estén al día con sus obligaciones tributarias previas, incluyendo declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales de ISR, y otras retenciones pertinentes.
Además, es crucial contar con un servicio de banca electrónica, ya que cualquier saldo a pagar deberá realizarse mediante transferencia electrónica a través del banco de preferencia del contribuyente. Estas actualizaciones buscan mejorar la experiencia del usuario y eficientar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Es importante destacar que aún y cuando el formato en cuestión presenta mejoras importantes en cuanto a la simplificación en su llenado, los papeles de trabajo que son la fuente de la información deben contar con todos los amarres respecto ingresos y deducciones, cruces contra las bases de datos del SAT, análisis de deducciones específicas y no perder de vista que se deben incluir las cuentas de utilidad fiscal neta y cuenta de capital de aportación.
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