Medidas económicas por el impacto de la pandemia
En función a la Pandemia que está azotando al mundo entero, incluyendo a nuestro País; y en el marco de los últimos Decretos Presidenciales y el acompañamiento de las Provincias y Municipios surge el siguiente estado de situación, así como también las medidas que son necesarias implementar en el marco de la situación imperante.
- La AFIP suspendió
todos los turnos otorgados a los contribuyentes para hacer presentaciones y los
estaría reprogramando de una manera que sea más dilatada en el tiempo la
atención, y así que haya menos gente en las Agencias. Obviamente se dispuso de
guardias mínimas, siendo la modalidad de trabajo a distancia la definida para
la mayoría de los empleados del Organismo.
- Dicho Organismo
declaró la Feria Tributaria, o sea que se suspendan esos plazos de manera tal
que terminen corriéndose todo lo que tiene que ver con Inspecciones,
Presentaciones ante el Organismo.
- La Ciudad de Buenos
Aires a través de AGIP, Provincia de Buenos Aires, Salta y Mendoza adhirieron a
la medida mencionada en el párrafo anterior.
- Se prorrogaría la
adhesión al Plan de Repatriación que vence el 31 de marzo,.
- La AFIP decidió que
se prorroguen los Planes de Facilidades de Pago cuya adhesión vence el
31/3/2020 al 30/6/2020.
- También están
pidiendo que la Feria abarque e incluya el tema de los planes vigentes que
están pagando los contribuyentes, que no caduquen por no poder pagarlos dadas
las condiciones económicas porque no pueden afrontar el pago de las cuotas que
están venciendo en estos días, que se prorrogue esto y que no se declaren
caduco esos planes.
- Se otorgó a las
Empresas de Salud una reducción del 95% de los Aportes al SIPA y otra reducción
del 5% al 2,5% del Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios, ambas por
un plazo de 90 días.
Hasta aquí las medidas
concretas que se han implementado, pero claramente con estas medidas no alcanza
para solucionar todos los problemas que se están generando en la Economía y por
ende para los Contribuyentes-, allí que en un total acuerdo con lo solicitado
por distintas Cámaras y Asociaciones que agrupan a los diversos Sectores de la
Economía de nuestro País, resta que la Autoridades de los distintos niveles de
Gobierno (Nacional, Provincial y Municipal) analicen e implementen las
siguientes medidas:
- Anticipar el pago de
los Derechos de Exportación que hoy están dilatados y lo mismo con respecto a
la devolución del IVA por Exportaciones que es una suma importante de dinero
para quienes tienen esa situación.
- Extender la vigencia
de los Cerrtificados de no Retención / Percepción de Impuestos, ya que con la
reprogramación de los turnos de Atención a los Contribuyentes (de manera tal
que los contribuyentes no vayan en forma presencial). Se complica la obtención
de los Certificados de no Retención del Impuesto a las Ganancias o de IVA, que
se están venciendo en estos días y es importante que los mismos se agilicen y
salgan porque al haber un régimen de poca / exigua cantidad de Personal
trabajando de manera presencial en la Autoridad Fiscal esto hace que los
trámites no se hagan con velocidad y cuando vuelva la gente al trabajo a partir
del 31 de marzo, en el caso de que vuelvan, los certificados no van a estar
otorgados, y partir del 1 de abril todos los Contribuyentes que tenían un Certificado
de no Retención tanto de Ganancias, IVA como de Ingresos Brutos van a empezar a
sufrir retenciones o percepciones, y con la lógica problemática desde el punto
de vista financiero.
- Suspender el
impuesto a los créditos y débitos bancarios para favorecer las transacciones
sin contacto.
–
Ampliar plazos de pago del IVA a 90 días de manera automática para todos los
Contribuyentes.
- Eximir a las
empresas en crisis del pago de ganancias, IVA y contribuciones patronales
durante el período que rija la medida de emergencia.
- Extender los
impuestos a ser incluidos en la Moratoria a todos aquellos que venzan hasta el
31/3/2020.
–
Suspender toda medida cautelar que afecte la liquidez y el capital de trabajo.
- Excluir a las Empresas del Decreto que determina la
doble indemnización .Preservación del empleo facilitando un rápido acceso al
sistema REPRO.
– Aplicar
lo dispuesto para los rubros Hotelería y Gastronomía al resto de las pymes.
- Liquidar los
saldos disponibles por Impuesto a las Ganancias para hacer frente a los
diferentes costos (como haberes) en el tiempo que dure la emergencia sanitaria. - Eximir
a los Contribuyentes del pago de las cuotas del Monotributo y Autónomos durante
los meses de abril, mayo y junio.
- Amortización
acelerada en el Impuesto a las Ganancias para herramientas adquiridas para home
office o teletrabajo en las empresas.
- Eximir las penalidades
establecidas por el BCRA de la reglamentación para cuenta corriente bancaria.
Establecer como rechazos no computables –punto 8.3.1 de la sección 8 de las
normas de referencia–, los cheques rechazados por falta de fondos o a la
registración no se computen, para su inclusión en la base de datos de
cuentacorrentistas inhabilitados, a los comerciantes y microempresas afectados.
- Solicitar a los
gobiernos provinciales y municipales, que aún no hayan adherido o implementado
medidas de flexibilización tributaria, el apoyo a estas medidas y el
acompañamiento mediante la flexibilización de vencimientos de impuestos
subnacionales. Suspender las retenciones SICREB y todas las originadas por el
Convenio Multilateral. Reintegrar los Saldos a Favor disponibles para hacer
frente a pagos salariales.
- Prorrogar estas
medidas mientras la Pandemia se extienda en el tiempo.
Así como todos debemos ser solidarios con lo que el Estado nos pide como Ciudadanos; el Estado tiene que ser solidario con los Contribuyentes en esta situación extraordinaria y difícil.
Gabriel Hermida – Socio de Impuestos de Auren