Nuevo régimen promocional de inversiones inmobiliarias en Uruguay
El Decreto N ° 138 de 2020 publicado recientemente introduce un nuevo régimen de promoción de inversiones inmobiliarias , bajo la Ley N ° 16.906 de 1998 , Ley de Inversiones.
Actividades promocionadas
- Construcción de edificios de oficinas , en venta o alquiler.
- Construcción de edificios residenciales , en venta o alquiler.
- Proyectos de desarrollo urbano (iniciativa privada), de área suburbana o rural, que incluyan:
- desarrollo y subdivisión de infraestructura,
- subdivisión y construcción de unidades habitacionales sobre este terreno.
Condiciones para solicitar beneficios
Proyectos sin registro antes de la publicación de este Decreto:
- proyectos con una inversión de USD 6,5 millones o más, en obra civil y equipamiento de áreas comunes, registrados a partir de este Decreto,
- las áreas comunes deben ser al menos el 10% del proyecto,
- promovido la inversión debe ser ejecutado en un período de hasta 60 meses , desde la aprobación del permiso de construcción, máximo 30 º abril del 2025.
Proyectos previamente registrados (iniciados o no):
- proyectos con inversiones pendientes por al menos USD 6,5 millones (obra civil y equipamiento de áreas comunes),
- las áreas comunes deben ser al menos el 10% del proyecto,
- promovido la inversión debe ser ejecutado en un período de hasta 48 meses , desde la presentación del proyecto entre COMAP, máximo 30 º abril del 2025.
Los proyectos de inversión deberán presentarse antes del 31 st de diciembre del 2021 en COMAP.
Beneficios fiscales
- Exención del Impuesto sobre la Renta , considerando:
El plazo máximo para utilizar esta exención es de 10 años , contados desde el primer año con renta imponible positiva (hasta 4 años fiscales desde la declaración promocional).
En cada año fiscal, la exención no debe exceder:
- 90% del impuesto sobre la renta,
- inversión total a la fecha de presentación de declaración jurada de impuesto a la renta,
- exención máxima considerando el rango de inversión del proyecto.
En caso de que la inversión no se cumpla en el plazo máximo otorgado (60 o 48 meses, máximo 30/04/2025), cuando el porcentaje de avance sea de al menos 50%, las exenciones del Impuesto a la Renta se prorratearían considerando el avance de ejecución.
- Exención del Impuesto sobre el Patrimonio Neto para el promotor del proyecto:
- terrenos y mejoras: 8 años para proyectos en Montevideo y 10 años en las afueras de la capital,
- Equipamiento de áreas comunes: para toda su vida útil.
- Devolución del Impuesto al Valor Agregado : asociado a Obra civil y equipamiento de áreas comunes.
- Exención de derechos de aduana y otros impuestos : sobre la importación de equipos, máquinas y materiales para obra civil y equipos de áreas comunes, a ser importados directamente por la empresa promovida. Siempre que no sean competitivos con la industria nacional.
Por Verónica Rodríguez, Auren Uruguay