Nuevo régimen promocional de inversiones inmobiliarias en Uruguay

25/09/2020

El Decreto N ° 138 de 2020 publicado recientemente introduce un nuevo régimen de promoción de inversiones inmobiliarias , bajo la Ley N ° 16.906 de 1998 , Ley de Inversiones.

Actividades promocionadas

  • Construcción de edificios de oficinas , en venta o alquiler.
  • Construcción de edificios residenciales , en venta o alquiler.
  • Proyectos de desarrollo urbano (iniciativa privada), de área suburbana o rural, que incluyan:
  • desarrollo y subdivisión de infraestructura,
  • subdivisión y construcción de unidades habitacionales sobre este terreno.

Condiciones para solicitar beneficios

Proyectos sin registro antes de la publicación de este Decreto:

  • proyectos con una inversión de USD 6,5 millones o más, en obra civil y equipamiento de áreas comunes, registrados a partir de este Decreto,
  • las áreas comunes deben ser al menos el 10% del proyecto,
  • promovido la inversión debe ser ejecutado en un período de hasta 60 meses , desde la aprobación del permiso de construcción, máximo 30 º abril del 2025.

Proyectos previamente registrados (iniciados o no):

  • proyectos con inversiones pendientes por al menos USD 6,5 millones (obra civil y equipamiento de áreas comunes),
  • las áreas comunes deben ser al menos el 10% del proyecto,
  • promovido la inversión debe ser ejecutado en un período de hasta 48 meses , desde la presentación del proyecto entre COMAP, máximo 30 º abril del 2025.

Los proyectos de inversión deberán presentarse antes del 31 st de diciembre del 2021 en COMAP.

Beneficios fiscales

  • Exención del Impuesto sobre la Renta , considerando:  

El plazo máximo para utilizar esta exención es de 10 años , contados desde el primer año con renta imponible positiva (hasta 4 años fiscales desde la declaración promocional).

En cada año fiscal, la exención no debe exceder:

  • 90% del impuesto sobre la renta,
  • inversión total a la fecha de presentación de declaración jurada de impuesto a la renta,
  • exención máxima considerando el rango de inversión del proyecto.

En caso de que la inversión no se cumpla en el plazo máximo otorgado (60 o 48 meses, máximo 30/04/2025), cuando el porcentaje de avance sea de al menos 50%, las exenciones del Impuesto a la Renta se prorratearían considerando el avance de ejecución.

  • Exención del Impuesto sobre el Patrimonio Neto para el promotor del proyecto:
  • terrenos y mejoras: 8 años para proyectos en Montevideo y 10 años en las afueras de la capital,
  • Equipamiento de áreas comunes: para toda su vida útil.
  • Devolución del Impuesto al Valor Agregado : asociado a Obra civil y equipamiento de áreas comunes.
  • Exención de derechos de aduana y otros impuestos : sobre la importación de equipos, máquinas y materiales para obra civil y equipos de áreas comunes, a ser importados directamente por la empresa promovida. Siempre que no sean competitivos con la industria nacional.

Por Verónica Rodríguez, Auren Uruguay

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