proceso de escisión

¿Cuál es el plazo para perfeccionar una escisión?

08/07/2020

A través de un proceso de escisión, una sociedad (1) sin disolverse, transfiere en bloque una o varias partes de su patrimonio a una o más sociedades existentes, o las destina crear una o varias sociedades, o (2) se disuelve sin liquidarse, dividiendo su patrimonio en dos o más partes, que transfiere a otras sociedades existentes o se destinan crear nuevas sociedades.

Sobre el plazo y procedimiento para perfeccionar la escisión, la Superintendencia de Sociedades señaló que deben observarse las etapas establecidas en la ley 222 de 1995:

  • Luego de aprobado el proyecto de escisión por el máximo órgano societario, dentro de los 8 días siguientes se puede ejercer el derecho de retiro por parte  de los socios ausentes y disidentes.
  • Los representantes legales de las sociedades que intervienen en la escisión, publicarán en un diario de circulación nacional, el aviso que contendrá la identificación de las compañías participantes, sus domicilios, la descripción del capital, activos y pasivos, así como la síntesis de los métodos de evaluación utilizados y del intercambio de partes de interés o acciones de la operación.
  • Dentro de los 30 días siguientes a la publicación del aviso referido, los acreedores de las sociedades que participen en la escisión pueden exigir garantías para respaldar que sus créditos no se verán afectados por la escisión.
  • De acuerdo con el tipo de supervisión sobre las sociedades participantes, se pueden requerir además trámites y autorizaciones relacionados con normas sobre promoción de la competencia y prácticas comerciales restrictivas.
  • Surtidas las anteriores etapas, los representantes legales de las sociedades existentes perfeccionarán la escisión mediante escritura pública, la cual se registrará en la Cámara de Comercio del domicilio social de cada una de las sociedades participantes.

Fuente

Superintendencia de Sociedades, Oficio 220-99166 del 29 de junio de 2020

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