- IVA en servicios de transporte

¿Cuáles servicios de transporte están excluidos del IVA?

20/05/2020

En materia del impuesto sobre las ventas (IVA), algunos servicios de transporte están excluidos y otros gravados. Se encuentran excluidos del IVA, los siguientes:

  • El servicio de transporte público, terrestre, fluvial y marítimo de personas en el territorio nacional;
  • El transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado, exclusión también aplicable para el transporte aéreo turístico con destino o procedencia al departamento de La Guajira y los municipios de Nuquí, Mompóx, Tolú, Miraflores y Puerto Carreño;
  • El transporte público o privado nacional e internacional de carga marítimo, fluvial, terrestre y aéreo;
  • Para el transporte de gas e hidrocarburos.

Por su parte, se causa IVA en el servicio de transporte internacional de pasajeros, caso en el cual el IVA se liquida sobre el valor total del tiquete cuando éstos se expidan de una vía solamente, y sobre el 50% de su valor cuando se expidan de ida y regreso. En estos casos, cuando la base gravable esté estipulada en moneda extranjera, será el equivalente en moneda nacional, con aplicación del tipo de cambio vigente en la fecha de emisión del tiquete.Fuente

Fuente

Estatuto Tributario, artículos 431, 461 y 476

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