
¿Cuáles son los nuevos plazos para el cumplimiento de obligaciones?
Considerando la extensión del estado de emergencia, el plazo para el cumplimiento de algunas obligaciones ha sido ampliado:
- La presentación de estados financieros a 31 de diciembre de 2019, deberán presentarse entre el 28 de mayo y el 26 de junio de 2020;
- El envío del informe 42 sobre prácticas empresariales a 31 de diciembre de 2019, deberá realizarse entre el 6 y 17 de julio de 2020;
- El pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta para las personas jurídicas que sean micro, pequeñas y medianas empresas, se podrá realizar entre el 9 de noviembre y 7 de diciembre de 2020.
- En Bogotá, los dueños de predios residenciales y no residenciales podrán pagar el impuesto predial hasta el 14 de agosto, con el 10 % de descuento; por su parte se habilita nuevamente la posibilidad de acogerse al pago por cuotas, extendiéndose hasta el 30 de junio;
- Finalmente, la declaración del ICA en Bogotá, del segundo y tercer bimestre de 20202, va hasta el 31 de agosto y 16 de octubre, respectivamente.
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