beneficios tributarios

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales informa a los contribuyentes del plazo máximo para aprovechar beneficios tributarios

09/12/2021

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante Comunicado de Prensa 171 del 1 de diciembre de 2021, informó que hasta el 31 de diciembre de 2021 hay plazo para que los contribuyentes que tienen obligaciones pendientes con la DIAN a 30 de junio de 2021 y cuyo incumplimiento haya sido ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el Covid 19, aprovechen la reducción en las sanciones y en las tasas de interés de mora y se pongan al día con la entidad.

Los beneficios consisten en la reducción del 80% de las sanciones y la tasa de interés moratoria establecida en el artículo 635 del Estatuto Tributario, la cual se liquida diariamente a una tasa de interés diario que sea equivalente al 20% de la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario.

Es importante señalar que, si el contribuyente no cuenta con los recursos suficientes para poner al día su obligación antes del 31 de diciembre, puede solicitar una facilidad de pago, la cual debe quedar suscrita y notificada al último día del año. En consecuencia, la presentación de la solicitud por parte del contribuyente debe realizarse máximo el 10 de diciembre de 2021, de modo que la administración tributaria pueda revisar el cumplimiento de requisitos que exige el procedimiento legalmente determinado y notificar el otorgamiento del mecanismo de facilitación al interesado.

Al suscribir una facilidad de pago se suspende el proceso de cobro, se levantan las medidas cautelares y se mantiene la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, vigente al momento del pago de cada cuota de la facilidad, siempre que se cumpla con lo pactado.

Fuente

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Comunicado de Prensa 171, 01/12/2021.
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