Unidad del Valor Tributario

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicó proyecto de Resolución que define el valor de la Unidad del Valor Tributario (UVT) para el año de 2022

10/11/2021

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicó el pasado 8 de noviembre de 2021 un proyecto de norma por el cual fija el valor de la Unidad del Valor Tributario (UVT) que aplicará para el año 2022.

El proyecto consiste en una Resolución por la cual la Administración Tributaria fija el nuevo valor de la Unidad Tributaria y regula la conversión de las cifras y valores en UVT en valores absolutos.

La Resolución se expide teniendo en cuenta que el Estatuto Tributario en su artículo 868 establece la Unidad de Valor Tributario UVT como la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN; y que el reajuste de esta unidad se efectuará anualmente en la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios en el periodo comprendido entre el primero (1) de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este, certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE.

Al respecto, la resolución resuelve:

  1. Fijar en treinta y ocho mil cuatro pesos ($38.004) el valor de la Unidad de Valor Tributario -UVT, que regirá durante el año 2022.
  2. Para efectos de convertir en valores absolutos las cifras y valores expresados en Unidad de Valor Tributario -UVT aplicables a las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, de que trata el artículo 868-1 del Estatuto Tributario, debe multiplicarse el número de las Unidades de Valor Tributario -UVT por el valor de la UVT y su resultado se aproxima de acuerdo con el procedimiento de aproximaciones de que trata el inciso 6 del artículo 868 del Estatuto Tributario.

Finalmente, cabe señalar que la variación en el índice de precios del consumidor para la “clase media” entre octubre de 2020 y octubre de 2021 fue del 4,67%

Fuente

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
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